Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024062488)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Cristian Lay Direct Selling Services, SL".
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NÚMERO 143
Miércoles 24 de julio de 2024
36881
superior jerárquico, con el fin de que pueda habilitar su relevo o sustitución por otro
trabajador o trabajadora.
— En el caso de que el trabajador/a tenga que asistir a consultorio médico, el permiso
quedará reducido al tiempo imprescindible para la asistencia, debiéndose presentar
ante su inmediato superior el justificante médico acreditativo con posterioridad a dicha
consulta y justificarlo en el portal, sin la necesidad de recuperar el tiempo de la consulta
quedando justificado.
— Si por causa de enfermedad, la persona trabajadora se ausenta 1 día completo, es obligatorio presentar un parte de baja y alta, no es admisible un parte multifunción. De no
presentarse el documento de baja y alta, se procederá a descontar el día.
14.3. Permiso por fallecimiento:
— Cuatro días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 1º grado de consanguinidad y hermanos/as (2º grado) y para cónyuges o parejas de hecho debidamente
inscritas (1º grado de afinidad). Cuando con tal motivo, la persona trabajadora necesite
hacer un desplazamiento, el plazo será de cinco días.
— Tres días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 1º grado de afinidad (excepto cónyuges) y 2º grado de consanguinidad (excepto hermanos/as). Cuando con
tal motivo, la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento, el plazo será de
cuatro días.
— Dos días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 2º grado de afinidad. Cuando con tal motivo, la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento, el plazo
será de cuatro días.
14.4. Permiso personal:
— Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, debiendo justificar a la empresa la necesidad de este mismo.
— Un día por traslado de domicilio. La persona trabajadora deberá comunicarlo a su superior inmediato jerárquico con un plazo de antelación de 7 días.
14.1.5. Permiso por Guarda Legal:
— Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años
o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá
derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del
salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Miércoles 24 de julio de 2024
36881
superior jerárquico, con el fin de que pueda habilitar su relevo o sustitución por otro
trabajador o trabajadora.
— En el caso de que el trabajador/a tenga que asistir a consultorio médico, el permiso
quedará reducido al tiempo imprescindible para la asistencia, debiéndose presentar
ante su inmediato superior el justificante médico acreditativo con posterioridad a dicha
consulta y justificarlo en el portal, sin la necesidad de recuperar el tiempo de la consulta
quedando justificado.
— Si por causa de enfermedad, la persona trabajadora se ausenta 1 día completo, es obligatorio presentar un parte de baja y alta, no es admisible un parte multifunción. De no
presentarse el documento de baja y alta, se procederá a descontar el día.
14.3. Permiso por fallecimiento:
— Cuatro días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 1º grado de consanguinidad y hermanos/as (2º grado) y para cónyuges o parejas de hecho debidamente
inscritas (1º grado de afinidad). Cuando con tal motivo, la persona trabajadora necesite
hacer un desplazamiento, el plazo será de cinco días.
— Tres días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 1º grado de afinidad (excepto cónyuges) y 2º grado de consanguinidad (excepto hermanos/as). Cuando con
tal motivo, la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento, el plazo será de
cuatro días.
— Dos días hábiles. En el caso de fallecimiento de parientes de 2º grado de afinidad. Cuando con tal motivo, la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento, el plazo
será de cuatro días.
14.4. Permiso personal:
— Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, debiendo justificar a la empresa la necesidad de este mismo.
— Un día por traslado de domicilio. La persona trabajadora deberá comunicarlo a su superior inmediato jerárquico con un plazo de antelación de 7 días.
14.1.5. Permiso por Guarda Legal:
— Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años
o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá
derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del
salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.