Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024062488)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Cristian Lay Direct Selling Services, SL".
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NÚMERO 143
Miércoles 24 de julio de 2024

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c) Se deberán disfrutar como mínimo dos semanas de vacaciones completas dentro del
período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de cada año, y
el resto se disfrutará con la aquiescencia de la persona trabajadora, siempre respetando las necesidades del departamento donde se encuentre integrado y su organización
interna, debiendo tenerse presente las necesidades de producción.
d) El Calendario de Vacaciones quedará fijado en el primer cuatrimestre del año.
CAPÍTULO IV
Tiempo de trabajo
Artículo 13. Jornada Y Calendario Laboral
Para los años de aplicación del convenio la jornada anual será de 1.760 horas, tanto en jornada partida como en jornada continua.
En el desarrollo del apartado anterior se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Dentro del número de horas anuales mencionadas, no se entenderán comprendido los
periodos de descanso u otras interrupciones existentes en la fecha de entrada en vigor
de este artículo.
b) Las personas trabajadoras afectas al presente Convenio, tendrán una jornada laboral de
cuarenta horas a la semana.
Anualmente se elaborará un calendario laboral por la empresa previo acuerdo con los
representantes de las personas trabajadoras, exponiendo un ejemplar de este en el
lugar visible de cada centro de trabajo antes del 31 de diciembre de cada año.
Se incluye la Flexibilidad Horario, salvo en aquellos departamentos de imposible aplicación ya que tienen organización propia (Contact Center). Queda marcado así:


08:15 – 09:15 (tramo de entrada flexible).



09:15 – 13:45 (tramo presencia obligatoria).



13:45 – 16:00 (tramo flexible con 1 hora obligatoria de descanso).



16:00 – 17:15 (tramo presencia obligatoria).



17:15 – 19:30 (tramo de salida flexible).