Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062266)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas, que participen en acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 142
Martes 23 de julio de 2024

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b) Incurrir en faltas de asistencia justificadas que supongan más del veinticinco por ciento
del número de horas totales de duración de la acción formativa.
c) En todo caso, no se tendrá derecho a percibir las ayudas de transporte y de manutención que correspondan a los días en los que no se asista a la acción formativa, ni a
percibir las becas y ayudas a la conciliación correspondientes a las faltas de asistencia
no justificadas.
3. En el caso de pagos anticipados, procederá el reintegro de los mismos, más los intereses
de demora desde la fecha de pago hasta la fecha de procedencia de reintegro, en el caso
de que la persona beneficiaria no finalizase la actividad formativa, salvo causa justificada
por enfermedad o colocación laboral.
Decimoctavo. Información y publicidad.
1. L
 a presente convocatoria será publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es), en el portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es).
El extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura de
forma simultánea a la publicación de la resolución de aprobación de la misma.
2. L
 as becas y ayudas concedidas serán objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), en el portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es), con expresión de la
convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida, finalidad o finalidades de la subvención, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Además, de acuerdo con el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, las becas y ayudas concedidas se notificarán a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index).
Decimonoveno. Protección de datos personales.
1. Todas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas subvenciones se llevarán a cabo de conformidad con lo