Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2024062490)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2024.
94 páginas totales
Página
NÚMERO 142
Martes 23 de julio de 2024

36645

f) Suscribir acuerdo de colaboración, mediante modelo normalizado (anexo IV) para la
realización conjunta de la actividad subvencionada, en el que constarán al menos, entre
otras, las siguientes estipulaciones:


— La voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria.



— La identificación del representante legal.



— Declaración individual de todas y cada una de las ONGD o entidades integrantes del
cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria y
de no estar incurso en las causas de prohibición previstas en los apartados 2 y 3 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



— El nombre de la ONGD o entidad coordinadora.



— Los compromisos de ejecución asumidos por cada una de las ONGD o entidad de la
agrupación, así como el importe de la subvención a ejecutar por cada uno de ellos,
que tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.



— El compromiso de todas las ONGD o entidades participantes, de mantener el acuerdo de colaboración hasta el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.

g) No podrá disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción de cuatro años previstos en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de los proyectos.
Podrán ser subvencionables en los términos que se especifican en esta convocatoria, el desarrollo de proyectos que cumplan los siguientes requisitos:
1. C
 ontar con certificado, expedido de oficio, por la Dirección de la AEXCID por medio del
cual se haga constar la participación concertada o directa de la Junta de Extremadura en
el proyecto de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 o 2 del artículo 3 del Decreto
5/2019, de 5 de febrero.
2. P
 resentarse en idioma castellano y utilizar como moneda el euro.
3. Prever gastos indirectos no superiores al 10% del total de la subvención solicitada, salvo
en el caso de organismos internacionales de derecho público, que podrán representar hasta
un 13% del importe de la subvención.