Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2024062490)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2024.
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NÚMERO 142
Martes 23 de julio de 2024

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2. Todas las entidades participantes deberán formular su solicitud conforme al modelo normalizado (anexo I) debidamente cumplimentado que incluirá el documento de formulación de
proyecto, y en el que se cumplimentaran las siguientes declaraciones responsables:
a) Para el caso de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras entidades sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones.


— No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3
del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



— En su caso disponer de Sede Social o Delegación Permanente en Extremadura conforme a lo exigido en el artículo 18.d) de la Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.



— Que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores (cuándo por la naturaleza de los proyectos se prevea realizar dichas tareas), cumple con lo dispuesto en el artículo 13. 5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

b) Para las Entidades solicitantes que no tengan la residencia fiscal en el territorio español,
así como sus agrupaciones.


— No tener obligaciones pendientes con la Agencia Estatal Tributaria, con la Tesorería
de la Seguridad Social del Estado Español ni con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impida obtener la condición de entidad beneficiaria.



— Que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores (cuándo por la naturaleza de los proyectos se prevea realizar dichas tareas), cumple con lo dispuesto en el artículo 13. 5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

3. L
 as solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación administrativa:
a) Para el caso de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras entidades sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones.


— Certificado, expedido de oficio, por la Dirección de la AEXCID, por medio del cual se
haga constar la participación de la Junta de Extremadura.



— Declaración de la persona responsable del proyecto, con el visto bueno de la representación legal de la entidad, adscrita a la sede o delegación de Extremadura que
acredite dicha función conforme a modelo normalizado. (Anexo III).