Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2024AC0080)
Acuerdo de 27 de junio de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por el que se procede a la corrección de error material en la modificación puntual n.º 8 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalba de los Barros, para establecer en 1,50 ha la parcela mínima en el suelo no urbanizable. (SOL-001).
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-
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
FORESTAL
30
30
-
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
SERVICIO CARRETERA
TURÍSTICA PERMANENTE
VIVIENDA UNIFAMILIAR
-En gral. todos los
usos que generen
la posibilidad de
formación de núcleo
20 m (5 m a
linderos)
10 m (5 m a
linderos)
10.000 m
10.000 m
-
Respetarán las
servidumbres de
cauces públicos
-
-
-
2
2
ÁREA
MÁXIMA
AFECCIÓN
-
10
RETRANQUEO
Vivienda unifamiliar
aislada
Hostería en general
Estaciones de servicios y edificios
auxiliares
-
Naves menores de
500 m
Instalaciones y
edificaciones auxiliares
TIPO
3
250 m
2
Máximo
3
0,3 m /m
0,3 m /m
-
-
-
2
2
EDIFICABILIDAD
6,5 m
6,5 m
4,5 m en
marquesina 6,5 m
en resto
edificios
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
ALTURA
MÁXIMA
Informe favorable
Consejería de
Industria y Comisaria de Aguas
Informe favorable
Consejería Agricultura
Estudio de impacto control de
Vertidos Regeneración
CONDICIONES
ESPECIALES
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN
Martes 23 de julio de 2024
-Espectáculos
grandes aforos
-
-
- Industrias pesadas.
15
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
INDUSTRÍAS EN GENERAL NO PESADA
PISCIFACTORIAS
%
OCUPACIÓN
USO
INCOMPATIBLE
PARCELA
MÍNIMA
USO
COMPATIBLE
CONDICIONES DE OCUPACIÓN
NÚMERO 142
36747
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
FORESTAL
30
30
-
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
SERVICIO CARRETERA
TURÍSTICA PERMANENTE
VIVIENDA UNIFAMILIAR
-En gral. todos los
usos que generen
la posibilidad de
formación de núcleo
20 m (5 m a
linderos)
10 m (5 m a
linderos)
10.000 m
10.000 m
-
Respetarán las
servidumbres de
cauces públicos
-
-
-
2
2
ÁREA
MÁXIMA
AFECCIÓN
-
10
RETRANQUEO
Vivienda unifamiliar
aislada
Hostería en general
Estaciones de servicios y edificios
auxiliares
-
Naves menores de
500 m
Instalaciones y
edificaciones auxiliares
TIPO
3
250 m
2
Máximo
3
0,3 m /m
0,3 m /m
-
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2
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EDIFICABILIDAD
6,5 m
6,5 m
4,5 m en
marquesina 6,5 m
en resto
edificios
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
ALTURA
MÁXIMA
Informe favorable
Consejería de
Industria y Comisaria de Aguas
Informe favorable
Consejería Agricultura
Estudio de impacto control de
Vertidos Regeneración
CONDICIONES
ESPECIALES
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN
Martes 23 de julio de 2024
-Espectáculos
grandes aforos
-
-
- Industrias pesadas.
15
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
INDUSTRÍAS EN GENERAL NO PESADA
PISCIFACTORIAS
%
OCUPACIÓN
USO
INCOMPATIBLE
PARCELA
MÍNIMA
USO
COMPATIBLE
CONDICIONES DE OCUPACIÓN
NÚMERO 142
36747