Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2024AC0080)
Acuerdo de 27 de junio de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por el que se procede a la corrección de error material en la modificación puntual n.º 8 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalba de los Barros, para establecer en 1,50 ha la parcela mínima en el suelo no urbanizable. (SOL-001).
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15
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
INDUSTRÍA AGROALIMENTARIA VINCULADA
-
15
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
GANADERÍA INTENSIVA
10 (5 m a linderos)
10 (5 m a linderos)
-
10 m (5 m a
linderos)
RETRANQUEO
10.000 m
10.000 m
-
10.000 m
2
2
2
ÁREA
MÁXIMA
AFECCIÓN
-
-
Instalaciones y
edificaciones auxiliares
Naves industriales
y edificios industriales
Naves agropecuarias
0,6 m /m
3
2
-
Naves agrícolas,
viveros e invernaderos
Edificios dotacionales
EDIFICABILIDAD
TIPO
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
6,5 m
4,5 m al
alero
ALTURA
MÁXIMA
Estudio de impacto control de
Vertidos Regeneración
Circular Delegación de Agricultura. Febrero 1978
Control de vertidos
CONDICIONES
ESPECIALES
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN
Martes 23 de julio de 2024
INDUSTRÍA EXTRACTIVA
-
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
%
OCUPACIÓN
DOTACIONES
PARCELA
MÍNIMA
20
USO
INCOMPATIBLE
CONDICIONES DE OCUPACIÓN
1,5 Ha.
AGRÍCOLA EN GENERAL Y
GANADERÍA EXTENSIVA
USO
COMPATIBLE
Suelo No urbanizable Rústico General.
(Ver ficha aneja).
Artículo 177. Condiciones de edificabilidad.
dura de fecha 27 de junio de 2024, se modifican los artículos 177 y 183 de la normativa urbanística vigente, quedando como sigue:
Como consecuencia de la estimación de la solicitud arriba epigrafiada por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extrema-
ANEXO I
NÚMERO 142
36746
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
INDUSTRÍA AGROALIMENTARIA VINCULADA
-
15
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
GANADERÍA INTENSIVA
10 (5 m a linderos)
10 (5 m a linderos)
-
10 m (5 m a
linderos)
RETRANQUEO
10.000 m
10.000 m
-
10.000 m
2
2
2
ÁREA
MÁXIMA
AFECCIÓN
-
-
Instalaciones y
edificaciones auxiliares
Naves industriales
y edificios industriales
Naves agropecuarias
0,6 m /m
3
2
-
Naves agrícolas,
viveros e invernaderos
Edificios dotacionales
EDIFICABILIDAD
TIPO
4,5 m al
alero
4,5 m al
alero
6,5 m
4,5 m al
alero
ALTURA
MÁXIMA
Estudio de impacto control de
Vertidos Regeneración
Circular Delegación de Agricultura. Febrero 1978
Control de vertidos
CONDICIONES
ESPECIALES
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN
Martes 23 de julio de 2024
INDUSTRÍA EXTRACTIVA
-
Según legislación
urbanística vigente
(actualmente 1,5 ha)
%
OCUPACIÓN
DOTACIONES
PARCELA
MÍNIMA
20
USO
INCOMPATIBLE
CONDICIONES DE OCUPACIÓN
1,5 Ha.
AGRÍCOLA EN GENERAL Y
GANADERÍA EXTENSIVA
USO
COMPATIBLE
Suelo No urbanizable Rústico General.
(Ver ficha aneja).
Artículo 177. Condiciones de edificabilidad.
dura de fecha 27 de junio de 2024, se modifican los artículos 177 y 183 de la normativa urbanística vigente, quedando como sigue:
Como consecuencia de la estimación de la solicitud arriba epigrafiada por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extrema-
ANEXO I
NÚMERO 142
36746