Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sanidad Vegetal. (2024062469)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se declara oficialmente la existencia de un brote de la plaga Xylella fastidiosa (Wells et al.) subespecie fastidiosa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se califica de utilidad pública la lucha contra la misma, se aprueba el Plan de Acción para su erradicación, se establece zona demarcada, se identifica la dirección electrónica de comunicación e información y se conmina al cumplimiento de las obligaciones por los destinatarios bajo apercibimiento del ejercicio de potestades administrativas.
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NÚMERO 141
Lunes 22 de julio de 2024

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que estos autocontroles del sector completen las prospecciones efectuadas por los técnicos
de Sanidad Vegetal.
Para la toma de muestras y ante la presencia de distintas especies vegetales en un mismo
punto de muestreo, se muestreará preferentemente la especie que tenga mas probabilidad
estimada de infección.

6.3 Prospecciones en insectos vectores.
En la zona demarcada se controlará la presencia de X. fastidiosa en los vectores capturados, a fin de determinar el riesgo el riesgo de una posterior propagación por estos vectores
y de evaluar la eficacia de las medidas de control fitosanitario aplicadas.
Por ello, se realizarán mangueos en parcelas de zonas infectadas y parcelas situadas en la
zona tampón con el objeto de capturar insectos vectores, y su posterior análisis para poder
detectar la presencia de la bacteria en estos.
Todos los posibles vectores capturados serán llevados al laboratorio para su identificación
y, en caso de confirmarse que se trata de un vector potencial, se enviarán al laboratorio
Nacional de Sanidad Vegetal para que sean analizados con el objeto de determinar si son
o no portadores de la bacteria.
6.4 Análisis de laboratorio.
Todo el trabajo de prospección debe ir acompañado de los correspondientes análisis moleculares establecidos en el Anexo IV del Reglamento 2020/1201 y de acuerdo con los protocolos de diagnóstico de la EPPO, en particular el Estándar PM 7/24 sobre Xylella fastidiosa.