Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062417)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 140
Viernes 19 de julio de 2024
36354
— En el caso de gastos de mantenimiento, relativos al funcionamiento de la oficina:
relación de gastos; concepto; total del gasto; porcentaje afecto a la actividad objeto
de este convenio y coste prorrateado.
Tratándose del primer pago parcial, el certificado e informe referido en esta letra b) se
referirá a los gastos y pagos realizados hasta el 31 de octubre.
Solo podrá tomarse en consideración a efectos de calcular el importe de cada uno de los
dos pagos parciales, la documentación justificativa presentada dentro del plazo señalado
para ello (antes del 30 de noviembre -tratándose del primer pago parcial- y antes del 30
de junio de la anualidad siguiente – tratándose del segundo pago parcial-).
Sexta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos en su virtud, se acuerda la constitución de una Comisión de Seguimiento
del convenio.
La Comisión de Seguimiento se constituirá dentro del mes siguiente a la fecha en que surta
efectos el presente convenio.
La Comisión será paritaria y estará integrada por:
— La persona titular de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, que la presidirá, pudiendo dirimir los empates con voto de calidad.
— Una persona que ostente la condición de funcionario público adscrito a la Secretaría
General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, que actuará como secretario.
— Dos personas representantes de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por
ésta.
La Comisión se reunirá durante la vigencia del convenio, de forma presencial o a distancia, a
solicitud de cualquiera de las partes. A las reuniones podrán asistir, como asesores, 2 técnicos
que cada parte estime convenientes, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. En
caso de que un representante no pudiera asistir a la reunión, se designará a un sustituto o
delegará su voto en otro miembro de la Comisión.
Las funciones de la Comisión serán:
a) El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la
Diputación Provincial de Badajoz.
Viernes 19 de julio de 2024
36354
— En el caso de gastos de mantenimiento, relativos al funcionamiento de la oficina:
relación de gastos; concepto; total del gasto; porcentaje afecto a la actividad objeto
de este convenio y coste prorrateado.
Tratándose del primer pago parcial, el certificado e informe referido en esta letra b) se
referirá a los gastos y pagos realizados hasta el 31 de octubre.
Solo podrá tomarse en consideración a efectos de calcular el importe de cada uno de los
dos pagos parciales, la documentación justificativa presentada dentro del plazo señalado
para ello (antes del 30 de noviembre -tratándose del primer pago parcial- y antes del 30
de junio de la anualidad siguiente – tratándose del segundo pago parcial-).
Sexta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos en su virtud, se acuerda la constitución de una Comisión de Seguimiento
del convenio.
La Comisión de Seguimiento se constituirá dentro del mes siguiente a la fecha en que surta
efectos el presente convenio.
La Comisión será paritaria y estará integrada por:
— La persona titular de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, que la presidirá, pudiendo dirimir los empates con voto de calidad.
— Una persona que ostente la condición de funcionario público adscrito a la Secretaría
General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, que actuará como secretario.
— Dos personas representantes de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por
ésta.
La Comisión se reunirá durante la vigencia del convenio, de forma presencial o a distancia, a
solicitud de cualquiera de las partes. A las reuniones podrán asistir, como asesores, 2 técnicos
que cada parte estime convenientes, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. En
caso de que un representante no pudiera asistir a la reunión, se designará a un sustituto o
delegará su voto en otro miembro de la Comisión.
Las funciones de la Comisión serán:
a) El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la
Diputación Provincial de Badajoz.