Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024062423)
Resolución de 9 de julio de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de la línea aérea de media tensión 20 kV 3063.04-Zorita de la ST Abertura, a su paso por zonas urbanas e instalación de un nuevo centro de seccionamiento Zorita-903305207". Término municipal: Zorita (Cáceres). Expte.: AT-9351.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024

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• En caso de ser necesarios nuevos accesos a construir y/o a acondicionar, los movimientos
de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
• Previo al comienzo de las obras se debe retirar el sustrato edáfico (tierra vegetal) para
su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de aquellas áreas alteradas, por lo que deberán mantenerse sus cualidades mineralógicas y texturales esenciales, evitando su compactación. La retirada de la tierra vegetal será progresiva de forma
que se evite su erosión.
• Se minimizará la generación de polvo mediante el empleo de lonas recubridoras en el
transporte, la limitación de velocidad de los vehículos y el control de las operaciones de
carga, descarga y transporte de material para minimizar la dispersión de partículas de
polvo por el entorno.
• Se mantendrá la maquinaria a punto, para minimizar el impacto producido por los ruidos,
vertidos de aceites y combustibles y emisiones de gases y humos de combustión a la
atmósfera.
• En relación con la contaminación acústica durante la fase de construcción, se cumplirá lo
establecido en la legislación vigente de aplicación.
• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.
• Los residuos de construcción y demolición que se generen se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo
en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el
que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y
el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la
producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Se deberán realizar todas las operaciones de mantenimiento de la maquinaria en instalaciones adecuadas para ello, evitando los posibles vertidos accidentales al medio.
• Se tomarán las medidas necesarias para no afectar a las especies arbóreas y arbustivas
autóctonas de las márgenes de los caminos (encinas, alcornoques, acebuches quejigos,
enebros, etc.) y de monte noble (madroños, durillos, majuelos, cornicabras, aladiernos,