Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062427)
Resolución de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Instalación de una línea de media tensión y un centro de seccionamiento en la población de San Pedro de Mérida (Badajoz)", cuya promotora es Grupo Easycharger, SA. Expte.: IA24/0038.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024
36169
Consejo Europeo relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (1999/519/CE) se recomienda como restricción básica limitar la densidad de corriente eléctrica inducida a 2 mA/m2 en sitios donde pueda permanecer bastante tiempo,
y se calcula de forma teórica unos niveles de referencia para el campo electromagnético
de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 μT para el campo magnético.
L
as líneas eléctricas aéreas de alta tensión no generan un campo magnético superior a
100 μT, incluso en el punto más cercano a los conductores y sólo en circunstancias muy
determinadas sí puede haber un campo eléctrico por encima de 5 kV/m justo debajo de
los conductores de algunas líneas de 400 kV.
T
eniendo en cuenta que la línea objeto de proyecto tendrá 20 kV de tensión, se valora el
impacto producido por generación de campos eléctricos y magnéticos como compatible.
• Patrimonio arqueológico y bienes de dominio público.
S
egún la Infraestructura de Datos Espaciales de Extremadura, no se registra ningún
Bien de Interés Cultural en la zona de estudio. Asimismo, analizada la información sobre
yacimientos arqueológicos de la Base Topográfica Nacional 1:25.000, no existe ningún
elemento arqueológico en el ámbito de estudio.
D
urante la fase de construcción, las distintas actuaciones de la obra, en particular los
movimientos de tierra, pueden provocar la pérdida de restos arqueológicos presentes en
las inmediaciones. Por otra parte, determinadas actuaciones, como el tránsito de maquinaria, realizadas en superficies con presencia de restos arqueológicos, pueden provocar
un deterioro de los mismos.
D
e cara a evitar la afección del patrimonio arqueológico no detectado existente en la
zona de actuación, se cumplirá la medida establecida por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la cual se ha incluido en el condicionado del
presente informe de impacto ambiental.
R
especto a las infraestructuras, las vías principales que atraviesan la zona de estudio
son:
–E
-90/A-5: se ve afectada por el cruce con el trazado de la línea de media tensión
aérea.
– N-V.
– BA-125.
Jueves 18 de julio de 2024
36169
Consejo Europeo relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (1999/519/CE) se recomienda como restricción básica limitar la densidad de corriente eléctrica inducida a 2 mA/m2 en sitios donde pueda permanecer bastante tiempo,
y se calcula de forma teórica unos niveles de referencia para el campo electromagnético
de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 μT para el campo magnético.
L
as líneas eléctricas aéreas de alta tensión no generan un campo magnético superior a
100 μT, incluso en el punto más cercano a los conductores y sólo en circunstancias muy
determinadas sí puede haber un campo eléctrico por encima de 5 kV/m justo debajo de
los conductores de algunas líneas de 400 kV.
T
eniendo en cuenta que la línea objeto de proyecto tendrá 20 kV de tensión, se valora el
impacto producido por generación de campos eléctricos y magnéticos como compatible.
• Patrimonio arqueológico y bienes de dominio público.
S
egún la Infraestructura de Datos Espaciales de Extremadura, no se registra ningún
Bien de Interés Cultural en la zona de estudio. Asimismo, analizada la información sobre
yacimientos arqueológicos de la Base Topográfica Nacional 1:25.000, no existe ningún
elemento arqueológico en el ámbito de estudio.
D
urante la fase de construcción, las distintas actuaciones de la obra, en particular los
movimientos de tierra, pueden provocar la pérdida de restos arqueológicos presentes en
las inmediaciones. Por otra parte, determinadas actuaciones, como el tránsito de maquinaria, realizadas en superficies con presencia de restos arqueológicos, pueden provocar
un deterioro de los mismos.
D
e cara a evitar la afección del patrimonio arqueológico no detectado existente en la
zona de actuación, se cumplirá la medida establecida por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la cual se ha incluido en el condicionado del
presente informe de impacto ambiental.
R
especto a las infraestructuras, las vías principales que atraviesan la zona de estudio
son:
–E
-90/A-5: se ve afectada por el cruce con el trazado de la línea de media tensión
aérea.
– N-V.
– BA-125.