Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Subvenciones. (2024040098)
Decreto 59/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a servicios de cuidado de menores de 2 a 3 años prestados por centros o establecimientos de carácter privado no autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, como medida de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y se aprueba la primera convocatoria.
47 páginas totales
Página
NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024

35840

de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024,
evitando con ello cualquier situación de discriminación de las familias por el disfrute de unos
u otros servicios y del régimen de autorización, educativa o no, con el que estos dispongan,
siempre que se encuentren legalmente constituidos, sujetos a las condiciones de apertura y
funcionamiento conforme a las disposiciones normativas aplicables a este tipo de centros y
establecimientos.
En este contexto, la Junta de Extremadura considera necesario y oportuno, en alineación con
el conjunto de medidas y políticas de apoyo a las familias extremeñas que se vienen impulsando, el establecimiento de las bases reguladoras de estas subvenciones que, teniendo como
destinatarias directas a las entidades privadas que ofertan servicios de atención y cuidado
de menores, pero que no se encuentran sometidas al régimen de autorización educativa por
parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, permitan la bonificación
del precio que, con carácter mensual, las familias extremeñas tienen que abonar por recibir
estos servicios.
Por su parte, las subvenciones objeto de regulación del decreto constituyen una importante
medida ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, dando cumplimiento a la Ley
3/2022, de 27 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura
así como a la Estrategia ante el reto demográfico y territorial de Extremadura aprobada por
Decreto 32/2022, de 30 de marzo, que recoge entre otras medidas, la de favorecer la escolarización de niños de 0 a 3 años, a través de centros infantiles o de ayudas para el cuidado de
la infancia como medida para la conciliación de la vida laboral y familiar.
Conforme a lo expuesto, el establecimiento de estas subvenciones, viene a cumplir los requisitos del acto subvencional regulados, en el marco de la legislación básica estatal, por la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por
cuanto la actividad a financiar tiene por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública
o interés social o de promoción de una finalidad pública, esto es, la subvención a servicios de
cuidado de menores de 2 a 3 años prestados por centros o establecimientos de carácter privados no autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, como
medida de apoyo a las familias extremeñas y fomento de la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral.
Las diferentes convocatorias indicarán el año concreto de nacimiento de los menores con objeto de determinar los menores que se encuentran en el tramo de edad de 2 a 3 años en algún
momento del período subvencionable, a los efectos de practicar la correspondiente bonificación del servicio, en correspondencia con las ayudas que la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional establece para la escolarización del alumnado en el tercer curso del
primer ciclo de Educación Infantil.