Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062387)
Resolución de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales, de Conservas Vegetales de Extremadura, SA (Conesa), en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 137
35785
Martes 16 de julio de 2024
El 16 de agosto de 2021 se notificó a la DGMAJEX el informe sobre admisibilidad de vertido
a dominio público hidráulico, emitido en virtud del artículo 19 del texto refundido de la Ley
de prevención y control integrados de la contaminación, en el cual se indicaba que el vertido
solicitado al arroyo del Potosí podía ser viable, siempre y cuando el mismo se realizara cumpliendo las con las características y adoptando las medidas correctoras que establecían en las
condiciones del citado informe de admisibilidad.
El 28 de abril de 2022, la DGMAJEX remite a la CHG las alegaciones presentadas por Conesa a
la propuesta de resolución de otorgamiento de la AAI y copia de la citada propuesta para que
el organismo de cuenca pudiera manifestar lo que considerara oportuno. A continuación, se
resumen los puntos de las alegaciones que refieren a competencias del organismo de cuenca:
• En el punto segundo se alega que la referencia más correcta a la ubicación de la industria
es emplear la finca registral 69864 del registro de la propiedad número 3 de Badajoz.
Al respecto no se tiene inconveniente en emplear la referencia propuesta por Conesa, si
bien se complementará con las actuales referencias a las parcelas catastrales ocupadas
por la industria.
• En el punto tercero se alega que los caudales recogidos en el informe vinculante de la
CHG (anexo III de la propuesta) no se corresponden con los solicitados por Conesa en su
anexo I.
Al respecto, se indica que el volumen de vertido autorizado es el reflejado en la solicitud inicial aportada por el representante legal de Conesa. No obstante, a la vista de las
alegaciones presentadas por dicho representante legal, se acepta incluir el volumen de
vertido recogido en el Anexo a Proyecto de Ampliación y Mejora Tecnológica en Industria
de Transformación del Tomate, suscrito en mayo de 2019 por el Ingeniero Técnico Industrial D. Javier Montero Otero y visado el 31/05/2019, entendiendo que éste es el referido
como Anexo I en las alegaciones.
En dicho anexo se recoge la siguiente tabla de volúmenes de vertido anuales:
Industria
Campaña (m³)
Fuera de campaña (m³)
Conesa
619.320
170.505
Astex
13.636
106.275
Vertido total
632.956
276.780
Vertido total año
909.736
35785
Martes 16 de julio de 2024
El 16 de agosto de 2021 se notificó a la DGMAJEX el informe sobre admisibilidad de vertido
a dominio público hidráulico, emitido en virtud del artículo 19 del texto refundido de la Ley
de prevención y control integrados de la contaminación, en el cual se indicaba que el vertido
solicitado al arroyo del Potosí podía ser viable, siempre y cuando el mismo se realizara cumpliendo las con las características y adoptando las medidas correctoras que establecían en las
condiciones del citado informe de admisibilidad.
El 28 de abril de 2022, la DGMAJEX remite a la CHG las alegaciones presentadas por Conesa a
la propuesta de resolución de otorgamiento de la AAI y copia de la citada propuesta para que
el organismo de cuenca pudiera manifestar lo que considerara oportuno. A continuación, se
resumen los puntos de las alegaciones que refieren a competencias del organismo de cuenca:
• En el punto segundo se alega que la referencia más correcta a la ubicación de la industria
es emplear la finca registral 69864 del registro de la propiedad número 3 de Badajoz.
Al respecto no se tiene inconveniente en emplear la referencia propuesta por Conesa, si
bien se complementará con las actuales referencias a las parcelas catastrales ocupadas
por la industria.
• En el punto tercero se alega que los caudales recogidos en el informe vinculante de la
CHG (anexo III de la propuesta) no se corresponden con los solicitados por Conesa en su
anexo I.
Al respecto, se indica que el volumen de vertido autorizado es el reflejado en la solicitud inicial aportada por el representante legal de Conesa. No obstante, a la vista de las
alegaciones presentadas por dicho representante legal, se acepta incluir el volumen de
vertido recogido en el Anexo a Proyecto de Ampliación y Mejora Tecnológica en Industria
de Transformación del Tomate, suscrito en mayo de 2019 por el Ingeniero Técnico Industrial D. Javier Montero Otero y visado el 31/05/2019, entendiendo que éste es el referido
como Anexo I en las alegaciones.
En dicho anexo se recoge la siguiente tabla de volúmenes de vertido anuales:
Industria
Campaña (m³)
Fuera de campaña (m³)
Conesa
619.320
170.505
Astex
13.636
106.275
Vertido total
632.956
276.780
Vertido total año
909.736