Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062361)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de zona de baño y zonas recreativas de Pinofranqueado, en el polígono 7 parcela 9002, a ubicar en el término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA23/1672.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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No obstante, se incorporan en este informe una serie de medidas para mitigar estos
efectos en la fase de construcción.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de los vehículos de los bañistas. Se considera
que este impacto será puntual.
3.3.8. Patrimonio arqueológico y dominio público.
Ha sido analizada el área de afección de dicho proyecto por los técnicos de la DGBAPC y
se ha podido comprobar que, según la documentación existente en este organismo, el
proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido. En el área
de actuación se localiza el puente sobre el río Los Ángeles, recogido en los archivos de
inventario de patrimonio histórico y cultural de Extremadura, de la Junta de Extremadura, aunque parece que no se actúa sobre este elemento. No obstante, para evitar
posibles incidencias sobre el patrimonio arqueológico, se cumplirán todas las medidas
indicadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, incluidas en el presente informe.
3.3.9. Consumo de recursos y cambio climático.
La fase de construcción supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma temporal,
serán recuperables y reversibles.
La actividad no consume recursos más allá del momento de la construcción.
3.3.10. Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo, turismo y de la
actividad económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación,
que en Extremadura tiene una importancia vital.
3.3.11. Sinergias.
No se prevé la existencia de efectos sinérgicos. Con el cumplimiento de las medidas
preventivas y correctoras se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.12. Vulnerabilidad del proyecto. Riesgos de accidentes graves o catástrofes.
Con relación al apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto, de conformidad con lo
estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013,