Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062371)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 39 ha de viñedo, en el polígono 93 parcelas 6 y 2, a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es Ramón Caleya López. Expte.: IA21/1841.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

35464

• Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura
2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:


–E
 n el entorno hay datos de las siguientes especies:



- Avutarda (Otis tarda) y aguilucho cenizo (Circus pygargus). Catalogados “Sensible a la alteración de su hábitat”.



- Grulla común (Grus grus). Catalogada “De interés especial”.



- Comunidad de aves esteparias de la ZEPA: ganga ibérica, ganga ortega, aguilucho cenizo, aguilucho lagunero, etc.

En el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
DGS se deja patente que, la zona donde se pretende instalar el riego, es un entorno
agrícola con cultivos leñosos puntuales. En las parcelas en estudio, este tipo de cultivos
llevan implantados desde 2019 y 1998 aproximadamente. En el entorno hay datos de
especies protegidas, no obstante, en las parcelas solicitadas no hay constancia de su
presencia, por tanto, en este caso en concreto, la instalación del riego no provocaría
ninguna afección adicional.
Además, informe que, no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o
hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas, las cuales han sido
incluidas en la presente DIA.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
— Flora, vegetación y hábitats.
La vegetación natural herbácea en la zona de actuación es inexistente, exceptuando los
linderos, tratándose de una parcela dedicada al cultivo históricamente. Las viñas están
implantadas entre los años 1998 y 2019.
La toma de datos del Agente del Medio Natural indica que existe una encina adulta (diámetro normal de 40 cm) con heridas de poda sin cicatrizar. Añade que bajo la copa de
la encina se ha respetado un radio de 8 m libre de cultivo.