Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062371)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 39 ha de viñedo, en el polígono 93 parcelas 6 y 2, a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es Ramón Caleya López. Expte.: IA21/1841.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación natural. No obstante, se propondrán medidas para fomentar
la aparición de cierta vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona
de actuación y a proteger la única encina existente.
— Paisaje.
La afección sobre el paisaje será escasa ya que las viñas están implantadas entre los
años 1998 y 2019. Se introducirá como elementos antrópicos las estructuras de riego y
en especial la caseta o el depósito, los cuales deben estar lo más integrados posibles.
La introducción de cultivos permanentes en regadío en la zona de actuación supone la
consolidación del cambio del mosaico paisajístico que viene produciéndose y avanzado
terreno en la zona y la posibilidad de aumentar la rentabilidad de estas superficies al
acometer estas transformaciones.
El paisaje en la zona de proyecto se caracteriza por ser un entorno agropecuario similar
al proyecto.
Estos efectos se reducen con la aplicación de medidas correctoras incluidas en el EsIA.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se podrá ver alterada por la emisión difusa de partículas de polvo a
la atmósfera y por las emisiones gaseosas y sonoras de la maquinaria durante la fase
de construcción. Durante la fase de funcionamiento se producirán emisiones difusas
procedentes del tránsito de maquinaria y equipos de bombeo. Estos efectos se reducen
con la aplicación de medidas correctoras incluidas en el EsIA.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno aplicando las correspondientes medidas preventivas
y/o correctoras.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
Debido a los movimientos de tierras bajo cota de rasante derivados de las obras proyectadas, es posible la aparición de elementos de interés arqueológico y/o etnográfico no
detectado en superficie que pudieran verses afectados.
Para evitar posibles incidencias sobre el patrimonio arqueológico, se cumplirán todas
las medidas indicadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural, incluidas en el EsIA.