Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062371)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 39 ha de viñedo, en el polígono 93 parcelas 6 y 2, a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es Ramón Caleya López. Expte.: IA21/1841.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
• La actividad solicitada se encuentra incluida dentro la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura, en: Espacios de la Red Natura 2000: ZEPA “Llanos y Complejo Lagunar
de La Albuera”
— Según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en


• Zona de Uso Común y Zona de Uso Tradicional.

— Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:


• En el entorno hay datos de las siguientes especies:



–A
 vutarda (Otis tarda) y aguilucho cenizo (Circus pygargus). Catalogados “Sensible
a la alteración de su hábitat”.



–G
 rulla común (Grus grus). Catalogada “De interés especial”.



–C
 omunidad de aves esteparias de la ZEPA: ganga ibérica, ganga ortega, aguilucho
cenizo, aguilucho lagunero, etc.

Al respecto de la actuación anterior en la zona de la puesta a riego de “Intensificación
agrícola de viña en vaso a viña en espaldera” el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la DGS emitió un informe de afección a la Red Natura 2000 con número de expediente CN22/8897/03. En dicho informe ya se recogía una serie de medidas
de obligado cumplimiento para evitar afecciones a los valores incluidos dentro de la Red
Natura 2000. El promotor incluye tanto las medidas como en informe en su EIA y todas las
medidas que recogía se han incluido en la presente DIA.
Para compensar la afección sobre las especies que motivaron la declaración de la ZEPA,
el promotor propone dos áreas de reserva, 13 ha en la parte este del recinto 7 y las 4,4
ha del recinto 3 de la parcela 10. Se dedicarán al cultivo de cereal de invierno respetando
una serie de medidas para evitar afecciones a los valores incluidos dentro de la Red Natura
2000. La cual se han incluido en las medidas de la presente DIA junto a la planimetría de
la misma.