Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062371)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 39 ha de viñedo, en el polígono 93 parcelas 6 y 2, a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es Ramón Caleya López. Expte.: IA21/1841.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024
35458
— El incremento del uso de herbicidas y otros plaguicidas, que se acumulan en las cadenas tróficas y afectan negativamente a las presas de distintas especies protegidas
y amenazadas.
Décimo. El proyecto no contempla la reducción del consumo de agua, que debe ser un
objetivo a cumplir en la resolución de la declaración de impacto ambiental, bien sea a
través de una reducción de superficie a transformar de regadío a secano o bien sea a
través de la toma de medidas de eficiencia o gestión, como el riego nocturno o la adopción de mejoras técnicas. Tampoco contempla la transformación a producción en ecológico (en vez de integrada), un diseño en Keyline o la adopción de técnicas de agricultura
regenerativa. También debería contemplar el mantenimiento de la cobertura herbácea
(espontánea y temporal) en las calles durante la fase de explotación, por los beneficios
que esto aporta: retención del suelo y la escorrentía, aumento de la infiltración de agua
en el terreno, retención de la materia orgánica y de la biodiversidad.
Por todo lo anterior.
SOLICITO:
1º. Que tenga por presentadas en tiempo y forma las presentes alegaciones, se estimen todas y cada una de ellas y, conforme a lo expresado, proceda a emitir Declaración de Impacto Ambiental negativa del proyecto de puesta en riego de 42,62 ha
de viñedo en los parajes La Mimbrera y La Romera, del tm de Badajoz, a tenor de la
escasez acuciante de los recursos hídricos disponibles, su impacto sobre la modificación de los hábitats naturales de los espacios naturales protegidos afectados y el
hecho de que el proyecto ya se encuentre parcialmente ejecutado.
2º. Q
ue, en último caso y si se decidiera autorizar el proyecto, se modifique este en
función de las alegaciones planteadas.
Otrosí digo que se nos tenga y mantenga como parte interesada a efectos del procedimiento administrativo resultante, por lo que;
Solicito que se nos informe del curso y resultado de esta solicitud, y se nos dé traslado
de cuantas actuaciones se realicen en los expedientes de autorización en trámite”.
Respecto a las alegaciones recibidas por parte de las personas interesadas, éstas han sido
consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de formular la presente DIA y
la contestación a las mismas debe entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras, correctoras y compensatorias establecidas en la presente DIA.
Lunes 15 de julio de 2024
35458
— El incremento del uso de herbicidas y otros plaguicidas, que se acumulan en las cadenas tróficas y afectan negativamente a las presas de distintas especies protegidas
y amenazadas.
Décimo. El proyecto no contempla la reducción del consumo de agua, que debe ser un
objetivo a cumplir en la resolución de la declaración de impacto ambiental, bien sea a
través de una reducción de superficie a transformar de regadío a secano o bien sea a
través de la toma de medidas de eficiencia o gestión, como el riego nocturno o la adopción de mejoras técnicas. Tampoco contempla la transformación a producción en ecológico (en vez de integrada), un diseño en Keyline o la adopción de técnicas de agricultura
regenerativa. También debería contemplar el mantenimiento de la cobertura herbácea
(espontánea y temporal) en las calles durante la fase de explotación, por los beneficios
que esto aporta: retención del suelo y la escorrentía, aumento de la infiltración de agua
en el terreno, retención de la materia orgánica y de la biodiversidad.
Por todo lo anterior.
SOLICITO:
1º. Que tenga por presentadas en tiempo y forma las presentes alegaciones, se estimen todas y cada una de ellas y, conforme a lo expresado, proceda a emitir Declaración de Impacto Ambiental negativa del proyecto de puesta en riego de 42,62 ha
de viñedo en los parajes La Mimbrera y La Romera, del tm de Badajoz, a tenor de la
escasez acuciante de los recursos hídricos disponibles, su impacto sobre la modificación de los hábitats naturales de los espacios naturales protegidos afectados y el
hecho de que el proyecto ya se encuentre parcialmente ejecutado.
2º. Q
ue, en último caso y si se decidiera autorizar el proyecto, se modifique este en
función de las alegaciones planteadas.
Otrosí digo que se nos tenga y mantenga como parte interesada a efectos del procedimiento administrativo resultante, por lo que;
Solicito que se nos informe del curso y resultado de esta solicitud, y se nos dé traslado
de cuantas actuaciones se realicen en los expedientes de autorización en trámite”.
Respecto a las alegaciones recibidas por parte de las personas interesadas, éstas han sido
consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de formular la presente DIA y
la contestación a las mismas debe entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras, correctoras y compensatorias establecidas en la presente DIA.