Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024062296)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024
35624
empleo de acuerdo con el perfil de la persona usuaria, identificación de las principales actuaciones propuestas según calendarios de programas o sesiones, elementos
de verificación y seguimiento. Para la realización del itinerario será precisa la suscripción y firma de un acuerdo de actividad entre la persona usuaria y la entidad
beneficiaria.
El itinerario deberá incorporar al menos:
1 La identificación de alternativas profesionales.
2 La identificación de un itinerario formativo, cuando se precise.
3L
a identificación de las actuaciones de búsqueda activa de empleo que, de
acuerdo con su perfil, la persona usuaria quedará obligada a realizar.
3.º Acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario y cumplimiento del
compromiso de actividad.
4.º A
sesoramiento y ayuda técnica adicional para la definición de su currículo que refleje el perfil profesional y la aplicación de técnicas para la búsqueda activa de empleo
de manera individual o grupal.
5.º Información y asesoramiento adicional sobre el mercado de trabajo, políticas activas de empleo, la oferta formativa y los programas que faciliten la movilidad para
la formación y cualificación europea.
6.º Apoyo a la gestión de la movilidad laboral incluyendo la información más relevante
en el ámbito de la Unión Europea y la información disponible en la Red Eures.
Las acciones de orientación referidas forman parte de un itinerario individual y personalizado de empleo (IPE) que deberán realizar todas las personas destinatarias del
presente programa siendo obligatorio realizar un mínimo de 8 de orientación.
Las personas técnicas responsables del itinerario personalizado de empleo deberán
suscribir un compromiso de confidencialidad en relación con los datos proporcionados
por el SEXPE del historial de las personas demandantes de empleo a atender y deberán
estar identificadas mediante su NIF o NIE en SISPE como tutoras del itinerario y, en su
caso, como proveedor de los servicios asociados a dicho itinerario o fuera de él.
Las personas técnicas responsables de los itinerarios, siempre que se cumpla con el
número de horas de atención a las personas demandantes indicadas en la resolución,
podrán destinar parte de su jornada laboral a la prospección de empresas como apoyo
a la mejora de la empleabilidad de las personas usuarias del servicio.
Lunes 15 de julio de 2024
35624
empleo de acuerdo con el perfil de la persona usuaria, identificación de las principales actuaciones propuestas según calendarios de programas o sesiones, elementos
de verificación y seguimiento. Para la realización del itinerario será precisa la suscripción y firma de un acuerdo de actividad entre la persona usuaria y la entidad
beneficiaria.
El itinerario deberá incorporar al menos:
1 La identificación de alternativas profesionales.
2 La identificación de un itinerario formativo, cuando se precise.
3L
a identificación de las actuaciones de búsqueda activa de empleo que, de
acuerdo con su perfil, la persona usuaria quedará obligada a realizar.
3.º Acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario y cumplimiento del
compromiso de actividad.
4.º A
sesoramiento y ayuda técnica adicional para la definición de su currículo que refleje el perfil profesional y la aplicación de técnicas para la búsqueda activa de empleo
de manera individual o grupal.
5.º Información y asesoramiento adicional sobre el mercado de trabajo, políticas activas de empleo, la oferta formativa y los programas que faciliten la movilidad para
la formación y cualificación europea.
6.º Apoyo a la gestión de la movilidad laboral incluyendo la información más relevante
en el ámbito de la Unión Europea y la información disponible en la Red Eures.
Las acciones de orientación referidas forman parte de un itinerario individual y personalizado de empleo (IPE) que deberán realizar todas las personas destinatarias del
presente programa siendo obligatorio realizar un mínimo de 8 de orientación.
Las personas técnicas responsables del itinerario personalizado de empleo deberán
suscribir un compromiso de confidencialidad en relación con los datos proporcionados
por el SEXPE del historial de las personas demandantes de empleo a atender y deberán
estar identificadas mediante su NIF o NIE en SISPE como tutoras del itinerario y, en su
caso, como proveedor de los servicios asociados a dicho itinerario o fuera de él.
Las personas técnicas responsables de los itinerarios, siempre que se cumpla con el
número de horas de atención a las personas demandantes indicadas en la resolución,
podrán destinar parte de su jornada laboral a la prospección de empresas como apoyo
a la mejora de la empleabilidad de las personas usuarias del servicio.