Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062333)
Resolución de 2 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cañaveral. Expte.: IA24/0285.
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NÚMERO 133
35060
Miércoles 10 de julio de 2024
Listado de consultados
Respuestas
Dirección General de Salud Pública
X
Dirección General de Infraestructuras Viarias
X
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
X
Diputación de Cáceres
X
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología
-
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
Greenpeace
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes y alegaciones recibidos:
1. E
l Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, la superficie afectada
por la modificación propuesta se encuentra parcialmente incluida en la Red de Áreas
Protegidas de Extremadura, en concreto en los Espacios de la Red Natura 2000, Zona de
Especial Protección de Aves (ZEPA) “Canchos de Ramiro y Ladronera” y ZEPA “Embalse
de Alcántara”. El suelo rústico de Cañaveral se encuentra en Áreas Importantes para
la Conservación de las Aves (IBA241) “Embalse de Alcántara – Cuatro Lugares” e (IBA
242) “Sierras de Coria y de Cañaveral”. En el término municipal se encuentran también
varios hábitats de interés comunitario y taxones amenazados incluidos en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Dado que la mayoría de los valores naturales identificados se encuentran incluidos en espacios de la Red Natura 2000,
en aplicación del artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación
de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura modificada por la Ley 9/2006,
de 23 de diciembre, por el que se requiere informe de afección para las actividades a
realizar en zonas integrantes de la Red Natura 2000, dichos valores no son susceptibles
de verse afectados por la modificación puntual propuesta, resultando compatible con lo
establecido en los planes de conservación y recuperación vigentes Por tanto se informa
favorablemente la aprobación de la modificación puntual n.º 6 de las Normas Subsidiarias de Cañaveral, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000.
35060
Miércoles 10 de julio de 2024
Listado de consultados
Respuestas
Dirección General de Salud Pública
X
Dirección General de Infraestructuras Viarias
X
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
X
Diputación de Cáceres
X
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología
-
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
AMUS
-
Greenpeace
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes y alegaciones recibidos:
1. E
l Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, la superficie afectada
por la modificación propuesta se encuentra parcialmente incluida en la Red de Áreas
Protegidas de Extremadura, en concreto en los Espacios de la Red Natura 2000, Zona de
Especial Protección de Aves (ZEPA) “Canchos de Ramiro y Ladronera” y ZEPA “Embalse
de Alcántara”. El suelo rústico de Cañaveral se encuentra en Áreas Importantes para
la Conservación de las Aves (IBA241) “Embalse de Alcántara – Cuatro Lugares” e (IBA
242) “Sierras de Coria y de Cañaveral”. En el término municipal se encuentran también
varios hábitats de interés comunitario y taxones amenazados incluidos en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Dado que la mayoría de los valores naturales identificados se encuentran incluidos en espacios de la Red Natura 2000,
en aplicación del artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación
de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura modificada por la Ley 9/2006,
de 23 de diciembre, por el que se requiere informe de afección para las actividades a
realizar en zonas integrantes de la Red Natura 2000, dichos valores no son susceptibles
de verse afectados por la modificación puntual propuesta, resultando compatible con lo
establecido en los planes de conservación y recuperación vigentes Por tanto se informa
favorablemente la aprobación de la modificación puntual n.º 6 de las Normas Subsidiarias de Cañaveral, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000.