Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Deslinde. (2024050130)
Orden de 21 de junio de 2024 por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte n.º 147 "Navas Altas" del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad del Ayuntamiento de Cañaveral y ubicado en el mismo término municipal.
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NÚMERO 132
Martes 9 de julio de 2024

34977

— Propiedad: Municipio de Cañaveral.
— Provincia: Cáceres.
— Límites:


• Norte: Vía pecuaria “Cañada Real de Merinas” y fincas particulares del término
municipal de Holguera.

• 
Este: Terrenos de propiedad particular, Vía Pecuaria “Cañada Real de Merinas” y
carretera N-630


• Sur: Vía Pecuaria “Cañada Real de Merinas” y terrenos de propiedad particular.



• Oeste: Arroyo de Acím y terrenos de propiedad particular de Pedroso de Acím.

— Superficie:


Pública: 1038,63 ha.



Enclavada: 19,51 ha.



Total: 1058,14 ha.

2º. A
 probado el deslinde y adquirida su firmeza, se proceda a la inscripción de este procedimiento, en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de Montes, en el Registro de la Propiedad de Cáceres, llevando
los nuevos datos resultantes de la descripción del monte, con cada uno de los piquetes
del deslinde que se detallan en las correspondientes actas que obran en el expediente y,
además, con los datos y lindes que se describen en el apartado anterior.
3º. Que se actualicen los datos obrantes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cáceres conforme a lo resultante del deslinde aprobado en esta orden con la descripción que
se señala en el punto 1º.
4º. Q
 ue se dé traslado de los datos resultantes del deslinde, una vez aprobado y firme en su
totalidad, a la Consejería competente en materia de hacienda junto con la documentación
necesaria para la práctica de los asientos pertinentes en el Inventario del Patrimonio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32.2 de
la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5º. Q
 ue se dé traslado a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto