Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024040096)
Decreto 57/2024, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para las obras o equipamiento de consultorios locales o de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria en cada una de sus líneas.
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NÚMERO 131
Lunes 8 de julio de 2024

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viembre del ejercicio en que se haya resuelto la convocatoria, del documento probatorio del
cumplimiento de los requisitos de publicidad de acuerdo con lo señalado en el artículo 7.
2. L
 a justificación de los gastos y de los pagos realizados con cargo a la subvención concedida
se efectuará mediante la presentación de los siguientes documentos:
a) Certificación suscrita por el secretario y/o interventor con el visto bueno de la persona
que ostente la representación legal de la entidad, respecto de los gastos y pagos reali­
zados y del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
b) Copia de las facturas, en las que se relacionen los bienes adquiridos. De no figurar este
dato en la factura enviarán el albarán junto con la factura.
c) Justificantes bancarios del pago (cheques, transferencias o pagarés, entre otros) y su
correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad
bancaria, listados de movimientos de cuentas o documento de cargo en cuenta, entro
otros). Debe constar la identificación de la entidad que realiza el pago, que coincidirá
con la entidad beneficiaria de la ayuda, y la identificación del destinatario del pago, que
coincidirá con el emisor de la factura.
d) Certificado expedido por la Secretaría/Intervención de la entidad beneficiaria en el que
se exponga que el expediente de contratación del suministro del equipamiento se ha
tramitado conforme a lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público.
3. L
 a documentación justificativa de la subvención deberá ser presentada en el plazo máximo
de tres meses desde la recepción del suministro y en todo caso antes del 31 de marzo del
año inmediatamente posterior al que se refiera la convocatoria.
Disposición adicional primera. Convocatoria de subvenciones para obras de consultorios locales o de helisuperfies de titularidad o disponibilidad municipal de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2024.
Se aprueba la convocatoria de las citadas subvenciones que se rige con carácter general por
las bases contenidas en el presente decreto, y con carácter particular, en atención a las exi­
gencias derivadas de su aprobación, por las siguientes disposiciones:
Primera. Objeto.
1. Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concu­
rrencia competitiva, para la financiación, total o parcial, de obras de consultorios locales y
de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, cuya titularidad no pertenezca a la Junta de Extremadura.