Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062298)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para el riego de olivar superintensivo en 21,95 hectáreas en los parajes "La Regalona" y "Doña Rosa", en los términos municipales de Maguilla y Berlanga (Badajoz). Expte: IA21/1654.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34623
En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que hay datos de presencia de las especies citadas en el entorno. Aun así, las parcelas
de regadío en áreas esteparias generan zonas de alimentación óptimas para estas especies en el periodo seco. Además, se encuentra junto a una infraestructura lineal, tal
como, BA-086. Aunque el proyecto se encuentra dentro de los planes de recuperación
y conservación del Águila imperial ibérica y Águila perdicera, no hay sustrato de nidificación cercano, por tanto, la afección no sería significativa.
El EsIA incorpora un apartado específico sobre afección a la Red Natura 2000, en el
que propone una serie de medidas específicas para la zona ZEPA tales como, laboreo
fuera del periodo sensible de las aves esteparias, se instalarán 5 postes con cajas nido,
instalación de unos 20 bebederos en los límites de la finca, creación de una charca de
5 m2 en la parte sur de la finca, limitando con cereales que se mantendrá llena con el
sistema de riego, etc.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (CN22/8020), se considera que la actividad solicitada no es susceptible de
afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas indicadas en su informe.
C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana. Parte de la superficie de riego se ubicaría en zona de policía del arroyo el Castaño, el cual constituye el
DPH del Estado. En este sentido, según se indica en el informe emitido por parte de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, cualquier actuación que se realice en el DPH
requiere autorización administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas.
Durante la fase de ejecución, se habrá producido un impacto sobre las masas de agua
superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez,
debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
El agua necesaria para el riego en la fase de funcionamiento del proyecto proviene
de tres pozos de sondeo, con un consumo anual total de agua de 41.615 m3/año. Se-
Viernes 5 de julio de 2024
34623
En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que hay datos de presencia de las especies citadas en el entorno. Aun así, las parcelas
de regadío en áreas esteparias generan zonas de alimentación óptimas para estas especies en el periodo seco. Además, se encuentra junto a una infraestructura lineal, tal
como, BA-086. Aunque el proyecto se encuentra dentro de los planes de recuperación
y conservación del Águila imperial ibérica y Águila perdicera, no hay sustrato de nidificación cercano, por tanto, la afección no sería significativa.
El EsIA incorpora un apartado específico sobre afección a la Red Natura 2000, en el
que propone una serie de medidas específicas para la zona ZEPA tales como, laboreo
fuera del periodo sensible de las aves esteparias, se instalarán 5 postes con cajas nido,
instalación de unos 20 bebederos en los límites de la finca, creación de una charca de
5 m2 en la parte sur de la finca, limitando con cereales que se mantendrá llena con el
sistema de riego, etc.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (CN22/8020), se considera que la actividad solicitada no es susceptible de
afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas indicadas en su informe.
C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana. Parte de la superficie de riego se ubicaría en zona de policía del arroyo el Castaño, el cual constituye el
DPH del Estado. En este sentido, según se indica en el informe emitido por parte de la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, cualquier actuación que se realice en el DPH
requiere autorización administrativa previa, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas.
Durante la fase de ejecución, se habrá producido un impacto sobre las masas de agua
superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez,
debido al aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, por los
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
El agua necesaria para el riego en la fase de funcionamiento del proyecto proviene
de tres pozos de sondeo, con un consumo anual total de agua de 41.615 m3/año. Se-