Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062298)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para el riego de olivar superintensivo en 21,95 hectáreas en los parajes "La Regalona" y "Doña Rosa", en los términos municipales de Maguilla y Berlanga (Badajoz). Expte: IA21/1654.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34624
gún informa la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, la solicitud es compatible con el vigente Plan Hidrológico de cuenca, con las
limitaciones indicadas en su informe. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la
correspondiente resolución del procedimiento de concesión (expediente 579/2020).
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a la
red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego, sobre los que incorpora la posibilidad de integrar un plan de vigilancia específico, cuando así lo prevea el organismo de cuenca. Por otro lado, la zona
de actuación no se encuentra en zona vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo
que parece poco probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.
No obstante, y al sí encontrarse en zona de protección de fitosanitarios, a la hora de
realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendaciones de los
manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá prestar especial atención
en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes lluvias, para evitar su lavado
mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente identificado y autorizado su
uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas preventivas, las afecciones no
deberían resultar significativas.
C.2.3 Geología y suelo.
Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares.
La zona de actuación se encuentra mayoritariamente en terrenos con pendientes por
debajo del 10%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra hayan
generado un incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y
como consecuencia pérdidas de suelo fértil. Asimismo, mediante la correcta aplicación
de medidas preventivas y/o correctoras incluidas en el EsIA, en los informes emitidos
Viernes 5 de julio de 2024
34624
gún informa la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, la solicitud es compatible con el vigente Plan Hidrológico de cuenca, con las
limitaciones indicadas en su informe. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la
correspondiente resolución del procedimiento de concesión (expediente 579/2020).
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a la
red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego, sobre los que incorpora la posibilidad de integrar un plan de vigilancia específico, cuando así lo prevea el organismo de cuenca. Por otro lado, la zona
de actuación no se encuentra en zona vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo
que parece poco probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.
No obstante, y al sí encontrarse en zona de protección de fitosanitarios, a la hora de
realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendaciones de los
manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá prestar especial atención
en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes lluvias, para evitar su lavado
mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente identificado y autorizado su
uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas preventivas, las afecciones no
deberían resultar significativas.
C.2.3 Geología y suelo.
Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares.
La zona de actuación se encuentra mayoritariamente en terrenos con pendientes por
debajo del 10%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra hayan
generado un incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y
como consecuencia pérdidas de suelo fértil. Asimismo, mediante la correcta aplicación
de medidas preventivas y/o correctoras incluidas en el EsIA, en los informes emitidos