Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062298)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para el riego de olivar superintensivo en 21,95 hectáreas en los parajes "La Regalona" y "Doña Rosa", en los términos municipales de Maguilla y Berlanga (Badajoz). Expte: IA21/1654.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34619
el correcto desarrollo de las aves esteparias presente en la finca, favoreciendo un
área de refugio, alimentación y cría. No se observa que se haya dejado esa superficie
sin la plantación de olivos, por lo que proponen el arranque de los olivos en esa
superficie.
Por todo ello, Ecologistas en Acción solicita que se estimen todas y cada una de las alegaciones y, conforme a lo expresado, y su impacto sobre la modificación de los hábitats
naturales de los espacios naturales protegidos afectados; se modifique este, en función de
las alegaciones planteadas.
Respecto a las alegaciones recibidas por parte de las personas interesadas, éstas han sido
consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe entenderse implícita
en las medidas preventivas, protectoras, correctoras y compensatorias establecidas en la
presente declaración de impacto ambiental.
Las consideraciones del promotor a estas alegaciones se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 14 de junio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad remite al promotor el
resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas,
en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva
versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 28 de junio de 2023, el promotor remite una nueva versión del estudio de impacto
ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente
de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la
precitada ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. A continuación, se resumen las consideraciones del promotor en relación a los aspectos ambientales más significativos de los informes y alegaciones recibidas,
que figuran en el apartado B.
Viernes 5 de julio de 2024
34619
el correcto desarrollo de las aves esteparias presente en la finca, favoreciendo un
área de refugio, alimentación y cría. No se observa que se haya dejado esa superficie
sin la plantación de olivos, por lo que proponen el arranque de los olivos en esa
superficie.
Por todo ello, Ecologistas en Acción solicita que se estimen todas y cada una de las alegaciones y, conforme a lo expresado, y su impacto sobre la modificación de los hábitats
naturales de los espacios naturales protegidos afectados; se modifique este, en función de
las alegaciones planteadas.
Respecto a las alegaciones recibidas por parte de las personas interesadas, éstas han sido
consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe entenderse implícita
en las medidas preventivas, protectoras, correctoras y compensatorias establecidas en la
presente declaración de impacto ambiental.
Las consideraciones del promotor a estas alegaciones se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 14 de junio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad remite al promotor el
resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas,
en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva
versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 28 de junio de 2023, el promotor remite una nueva versión del estudio de impacto
ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente
de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la
precitada ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. A continuación, se resumen las consideraciones del promotor en relación a los aspectos ambientales más significativos de los informes y alegaciones recibidas,
que figuran en el apartado B.