Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024

34513

Extremadura y del Programa HORIZON MSCA-2022-COFUND-01 Proyecto 101128265
Talent4Iberia de la Unión Europea.
e) R
 emitir al órgano gestor, junto a las justificaciones económicas que se realicen, los
informes de progreso del personal contratado, emitidos por las personas supervisoras
académicas en el periodo justificado.
f) Comunicar al órgano gestor en el plazo de un mes, desde que tuviera lugar, cualquier
incidencia que pueda afectar a la ejecución de la ayuda.
g) Igualmente se comunicará al órgano gestor la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión de las ayudas y la obtención de otras ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administración o ente
público, nacional o internacional, lo que tendrá como consecuencia la minoración proporcional en el importe concedido por la otra entidad.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de dichos
fondos pueda efectuar el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes,
tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en
el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) En el caso de que no conste el consentimiento expreso, se deberá acreditar, con anterioridad a dictarse la resolución de concesión y con carácter previo a cada uno de los
pagos de la ayuda, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social, y que no se tienen
deudas con la Hacienda autonómica.
j) Proporcionar los medios necesarios para el desarrollo de la propuesta del personal investigador posdoctoral contratado.
k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 31 del presente decreto y los regulados en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo.
l) Cualquier otra obligación prevista en el texto de este decreto y de las recogidas en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
2. E
 l agente SECTI, en su condición de beneficiario, velará por la efectiva cumplimentación de
la documentación que le corresponda por parte del personal investigador posdoctoral y del
cumplimiento de las actuaciones que proceda realizar con este a lo largo del procedimiento, en cuanto a los siguientes aspectos: