Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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de las mismas. Dicha cuantía podrá aumentarse hasta en un 20 por ciento o hasta la que
corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de
crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
3. L
as actuaciones comprendidas en el presente decreto serán cofinanciadas al 50% por el
Programa de Investigación e Innovación Horizonte Europa de la Unión Europea, en virtud
del acuerdo de subvención HORIZON MSCA 2022 COFUND-01, Proyecto n.º 101128265
Talen4Iberia, y el importe restante por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 16. Propuesta y resolución.
1. E
l órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. La competencia para dictar la resolución corresponde al titular de la secretaría general de
la Consejería que ostente las competencias en materia de I+D+I, según lo dispuesto en el
artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La resolución de concesión será dictada previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta de la persona que ostente las competencias de la secretaría
general que ostente las competencias en materia de I+D+I.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses a contar desde la fecha de la
publicación de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.4 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Si transcurrido el plazo máximo, el órgano competente para resolver no hubiera notificado
la resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud
por silencio administrativo.
4. La resolución de concesión se publicará en el DOE, sustituyendo dicha publicación a la
notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, conforme al artículo 45.1.b) de la
LAPCAP, y contendrá los modelos normalizados de aceptación y de renuncia de la ayuda.
Estos
modelos
también
estarán
disponibles
en
la
plataforma
https://secti-idi.juntaex.es/SECTI/publico/descargas.jsf
5. En la resolución de concesión de la ayuda se indicarán los siguientes datos:
SECTI,
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de las mismas. Dicha cuantía podrá aumentarse hasta en un 20 por ciento o hasta la que
corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de
crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
3. L
as actuaciones comprendidas en el presente decreto serán cofinanciadas al 50% por el
Programa de Investigación e Innovación Horizonte Europa de la Unión Europea, en virtud
del acuerdo de subvención HORIZON MSCA 2022 COFUND-01, Proyecto n.º 101128265
Talen4Iberia, y el importe restante por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 16. Propuesta y resolución.
1. E
l órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. La competencia para dictar la resolución corresponde al titular de la secretaría general de
la Consejería que ostente las competencias en materia de I+D+I, según lo dispuesto en el
artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La resolución de concesión será dictada previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta de la persona que ostente las competencias de la secretaría
general que ostente las competencias en materia de I+D+I.
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses a contar desde la fecha de la
publicación de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.4 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Si transcurrido el plazo máximo, el órgano competente para resolver no hubiera notificado
la resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud
por silencio administrativo.
4. La resolución de concesión se publicará en el DOE, sustituyendo dicha publicación a la
notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, conforme al artículo 45.1.b) de la
LAPCAP, y contendrá los modelos normalizados de aceptación y de renuncia de la ayuda.
Estos
modelos
también
estarán
disponibles
en
la
plataforma
https://secti-idi.juntaex.es/SECTI/publico/descargas.jsf
5. En la resolución de concesión de la ayuda se indicarán los siguientes datos:
SECTI,