Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34507
antigüedad y la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
El importe de la ayuda para estos costes será de 150.560 € para los tres años de duración.
En cada año de ayuda se devengarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.
El agente SECTI beneficiario deberá asumir cualquier coste de contratación que exceda de
la ayuda concedida, derivado de incrementos retributivos de los salarios o de incrementos
de la cuota empresarial de la Seguridad Social.
2. G
astos de instalación y viaje. El importe máximo será 3.500 €, que se calculará en función
de la distancia en kilómetros desde el punto de origen de residencia hasta la localidad del
centro beneficiario en Extremadura. Se tomará como referencia lo dispuesto en el Decreto
287/2007, de 3 agosto, de indemnizaciones por razón del servicio y sucesivas modificaciones.
3. Ayuda familiar. El personal investigador posdoctoral recibirá un total de 5.000 €, distribuidos en los tres años de la ayuda, si se desplaza a Extremadura con su familia y/o personas
dependientes a su cargo.
4. G
astos de estancia en centros internacionales. Se dispondrá de una ayuda máxima de
50.000€ para realizar una o varias estancias en los centros internacionales participantes
en este Proyecto, hasta un máximo de 12 meses. Se incluyen en este apartado los gastos
de viaje y dietas, y se tomará como referencia lo dispuesto en el Decreto 287/2007, de
3 agosto, de indemnizaciones por razón del servicio y sucesivas modificaciones, así como
gastos de seguro médico, en el supuesto que no esté cubierto por la Seguridad Social,
manteniendo como límite 4.166 €/mes de estancia.
5. G
astos de investigación. El personal investigador posdoctoral contratado dispondrá de una
cantidad máxima de 9.000 € para financiar las actividades de I+D+I contempladas en la
propuesta de investigación. Se incluyen en este apartado los gastos de pequeño equipamiento científico, material fungible, viajes y dietas, coste de publicación y otros gastos
necesarios para su desarrollo.
Artículo 15. Financiación.
1. L
as ayudas reguladas en el presente decreto se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las leyes de presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. De conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, cada convocatoria
determinará los créditos presupuestarios a los que se imputan las ayudas y la cuantía total
Viernes 5 de julio de 2024
34507
antigüedad y la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
El importe de la ayuda para estos costes será de 150.560 € para los tres años de duración.
En cada año de ayuda se devengarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.
El agente SECTI beneficiario deberá asumir cualquier coste de contratación que exceda de
la ayuda concedida, derivado de incrementos retributivos de los salarios o de incrementos
de la cuota empresarial de la Seguridad Social.
2. G
astos de instalación y viaje. El importe máximo será 3.500 €, que se calculará en función
de la distancia en kilómetros desde el punto de origen de residencia hasta la localidad del
centro beneficiario en Extremadura. Se tomará como referencia lo dispuesto en el Decreto
287/2007, de 3 agosto, de indemnizaciones por razón del servicio y sucesivas modificaciones.
3. Ayuda familiar. El personal investigador posdoctoral recibirá un total de 5.000 €, distribuidos en los tres años de la ayuda, si se desplaza a Extremadura con su familia y/o personas
dependientes a su cargo.
4. G
astos de estancia en centros internacionales. Se dispondrá de una ayuda máxima de
50.000€ para realizar una o varias estancias en los centros internacionales participantes
en este Proyecto, hasta un máximo de 12 meses. Se incluyen en este apartado los gastos
de viaje y dietas, y se tomará como referencia lo dispuesto en el Decreto 287/2007, de
3 agosto, de indemnizaciones por razón del servicio y sucesivas modificaciones, así como
gastos de seguro médico, en el supuesto que no esté cubierto por la Seguridad Social,
manteniendo como límite 4.166 €/mes de estancia.
5. G
astos de investigación. El personal investigador posdoctoral contratado dispondrá de una
cantidad máxima de 9.000 € para financiar las actividades de I+D+I contempladas en la
propuesta de investigación. Se incluyen en este apartado los gastos de pequeño equipamiento científico, material fungible, viajes y dietas, coste de publicación y otros gastos
necesarios para su desarrollo.
Artículo 15. Financiación.
1. L
as ayudas reguladas en el presente decreto se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las leyes de presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. De conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, cada convocatoria
determinará los créditos presupuestarios a los que se imputan las ayudas y la cuantía total