Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34506
b.3. Plan de transferencia de resultados: 0-15 puntos.
Se valorará la explotación, difusión y comunicación de los resultados a la comunidad científica y la transferencia a la empresa y/o a la sociedad en general.
b.4. Viabilidad de la propuesta de investigación: 0-10 puntos.
Se valorará la planificación temporal de las actividades establecidas y la metodología para alcanzar los objetivos propuestos.
3. Se otorgará la máxima puntuación en cada subcriterio cuando la propuesta aborde de forma sobresaliente todos los aspectos relevantes a considerar y puntuación cero cuando no
cumpla adecuadamente los criterios establecidos o existan deficiencias graves. Se otorgará
una puntuación intermedia cuando la propuesta se sitúe entre ambos extremos.
4. L
a puntuación final obtenida por el personal investigador posdoctoral candidato será la
suma de las puntuaciones obtenidas en todos los subcriterios, con expresión de dos decimales, con redondeo a la centésima más cercana. La puntuación final obtenida para optar
a la subvención deberá ser igual o superior a 70 puntos. Las solicitudes por debajo de esta
puntuación serán rechazadas.
5. E
n caso de empate en la puntuación final obtenida, se dirimirá de acuerdo a la mayor
puntuación obtenida en el apartado b y si persiste el empate, se resolverá en función de la
mayor puntuación obtenida en el apartado b.1 de la lista de criterios de evaluación. Si aún
persiste el empate, se resolverá en base a la mayor puntuación obtenida en el apartado
b.3.
La excelencia será el principal criterio de selección; no obstante, el procedimiento de igualdad de oportunidades será inclusivo durante todo el proceso selectivo. Consecuentemente,
en caso de persistir el empate en la puntuación, conforme a lo previsto en el párrafo anterior, la selección se resolverá siguiendo criterios de paridad en género. Si aún persistiera,
se resolverá dando prioridad al personal investigador posdoctoral candidato que tenga más
probabilidades de lograr un mayor beneficio en la carrera profesional y/o falta de oportunidades en el país de origen.
Artículo 14. Gastos subvencionables y cuantías de ayudas.
Los gastos subvencionables serán los siguientes:
1. Costes laborales correspondientes al salario de contratos de acceso personal investigador
posdoctoral, con dedicación a tiempo completo. Serán elegibles las retribuciones brutas,
incluyendo en este concepto el salario base, las pagas extraordinarias, el complemento por
Viernes 5 de julio de 2024
34506
b.3. Plan de transferencia de resultados: 0-15 puntos.
Se valorará la explotación, difusión y comunicación de los resultados a la comunidad científica y la transferencia a la empresa y/o a la sociedad en general.
b.4. Viabilidad de la propuesta de investigación: 0-10 puntos.
Se valorará la planificación temporal de las actividades establecidas y la metodología para alcanzar los objetivos propuestos.
3. Se otorgará la máxima puntuación en cada subcriterio cuando la propuesta aborde de forma sobresaliente todos los aspectos relevantes a considerar y puntuación cero cuando no
cumpla adecuadamente los criterios establecidos o existan deficiencias graves. Se otorgará
una puntuación intermedia cuando la propuesta se sitúe entre ambos extremos.
4. L
a puntuación final obtenida por el personal investigador posdoctoral candidato será la
suma de las puntuaciones obtenidas en todos los subcriterios, con expresión de dos decimales, con redondeo a la centésima más cercana. La puntuación final obtenida para optar
a la subvención deberá ser igual o superior a 70 puntos. Las solicitudes por debajo de esta
puntuación serán rechazadas.
5. E
n caso de empate en la puntuación final obtenida, se dirimirá de acuerdo a la mayor
puntuación obtenida en el apartado b y si persiste el empate, se resolverá en función de la
mayor puntuación obtenida en el apartado b.1 de la lista de criterios de evaluación. Si aún
persiste el empate, se resolverá en base a la mayor puntuación obtenida en el apartado
b.3.
La excelencia será el principal criterio de selección; no obstante, el procedimiento de igualdad de oportunidades será inclusivo durante todo el proceso selectivo. Consecuentemente,
en caso de persistir el empate en la puntuación, conforme a lo previsto en el párrafo anterior, la selección se resolverá siguiendo criterios de paridad en género. Si aún persistiera,
se resolverá dando prioridad al personal investigador posdoctoral candidato que tenga más
probabilidades de lograr un mayor beneficio en la carrera profesional y/o falta de oportunidades en el país de origen.
Artículo 14. Gastos subvencionables y cuantías de ayudas.
Los gastos subvencionables serán los siguientes:
1. Costes laborales correspondientes al salario de contratos de acceso personal investigador
posdoctoral, con dedicación a tiempo completo. Serán elegibles las retribuciones brutas,
incluyendo en este concepto el salario base, las pagas extraordinarias, el complemento por