Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024

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los documentos preceptivos con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por
desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la misma ley.
1.3. Posteriormente a la subsanación, el órgano instructor efectuará la revisión de las
solicitudes presentadas junto con la documentación acreditativa que acompañe a la
solicitud, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos.
1.4. Si como resultado de dicha revisión se detectara el incumplimiento de algunos de los
requisitos establecidos o en la solicitud errores no subsanables, de conformidad con lo
previsto en el artículo 82 de la LPACAP, se requerirá al interesado mediante trámite de
audiencia para que en el plazo de diez días presente los documentos y justificaciones
que estimen pertinentes. De acuerdo con ello, en el caso de que no se estimen las alegaciones presentadas o transcurrido el plazo no se hubiera presentado alegaciones, el
órgano competente emitirá resolución de desestimación de la solicitud.
1.5. L
 os requerimientos de subsanación y trámites de audiencia se notificarán al agente
SECTI solicitante de la ayuda.
Los formularios para la subsanación de la solicitud de la ayuda y de los trámites de
audiencia, así como el proceso para adjuntar la documentación que precise, estarán
disponibles para el personal investigador posdoctoral candidato y el agente SECTI en
la página web https://secti-idi.juntaex.es. Tanto la subsanación como las alegaciones
a los trámites de audiencia requerirán la firma del certificado generado a estos efectos
en la plataforma SECTI de la persona representante del agente SECTI solicitante de la
ayuda y deberá ser presentado por registro electrónico, preferentemente, o en cualquier registro válido, según lo dispuesto en el 16.4 de LPACAP.
2. S
 egunda fase: evaluación científico-técnica de las propuestas de investigación y del CVN y
selección del personal investigador posdoctoral candidato.
2.1. L
 as solicitudes serán remitidas a la AEI para su evaluación científico-técnica a través
de un panel de personal evaluador integrado por al menos tres personas evaluadoras
independientes, entre ellas una persona experta internacional, especializadas en las
líneas de investigación del Proyecto 101128265 Talent4Iberia.
2.2. La AEI remitirá al órgano gestor de las ayudas los informes de valoración de cada
solicitud, conforme a los criterios y subcriterios de valoración establecidos en el artículo 13 de este decreto, con la puntuación final que corresponderá a la media de las
puntuaciones otorgadas por las personas expertas en su evaluación.