Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062267)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR).
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NÚMERO 129
34082
Jueves 4 de julio de 2024
Quinto. Que conforme lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, a falta de regulación expresa, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Sexto. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre las
partes firmantes del convenio, para que los estudiantes de la UNIR puedan realizar prácticas
académicas externas en centros dependientes de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
de la Junta de Extremadura, y al amparo de lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, el Real decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del estudiante universitario y por la normativa específica tanto estatal como autonómica que
resulte de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de este Convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda modificar el contenido del Convenio entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Internacional de la Rioja, firmado el 20 de febrero de 2019, y prorrogado mediante la firma de una
Adenda con fecha 6 de febrero de 2023, con el fin de adaptarlo a la normativa relacionada
con las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los alumnos que realizan las prácticas.
Segunda. Modificación de la cláusula tercera “Obligaciones de las partes”.
Se añade un punto 3 al contenido de la cláusula tercera “Obligaciones de las partes” con el
siguiente contenido:
“3. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda
del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los estudiantes universitarios, nacionales
o extranjeros, que realicen prácticas formativas externas en el territorio español, ya sea en
modalidad presencial u online, quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como
asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social
a partir del 1 de enero del 2024, acordando las partes que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social con respecto a los estudiantes de la Universidad que realicen
prácticas formativas externas en centros dependientes de la CONSEJERÍA se ajustará, al
ser prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la UNIR,
que asumirá la condición de empresario, como centro de formación responsable de
la oferta formativa.
34082
Jueves 4 de julio de 2024
Quinto. Que conforme lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, a falta de regulación expresa, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Sexto. Que con el fin de continuar con los términos de colaboración establecidos entre las
partes firmantes del convenio, para que los estudiantes de la UNIR puedan realizar prácticas
académicas externas en centros dependientes de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
de la Junta de Extremadura, y al amparo de lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, el Real decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del estudiante universitario y por la normativa específica tanto estatal como autonómica que
resulte de aplicación, acuerdan formalizar la presente Adenda de este Convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda modificar el contenido del Convenio entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Internacional de la Rioja, firmado el 20 de febrero de 2019, y prorrogado mediante la firma de una
Adenda con fecha 6 de febrero de 2023, con el fin de adaptarlo a la normativa relacionada
con las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los alumnos que realizan las prácticas.
Segunda. Modificación de la cláusula tercera “Obligaciones de las partes”.
Se añade un punto 3 al contenido de la cláusula tercera “Obligaciones de las partes” con el
siguiente contenido:
“3. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda
del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los estudiantes universitarios, nacionales
o extranjeros, que realicen prácticas formativas externas en el territorio español, ya sea en
modalidad presencial u online, quedarán incluidos en el sistema de Seguridad Social como
asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social
a partir del 1 de enero del 2024, acordando las partes que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social con respecto a los estudiantes de la Universidad que realicen
prácticas formativas externas en centros dependientes de la CONSEJERÍA se ajustará, al
ser prácticas no remuneradas, a las siguientes reglas:
a) El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la UNIR,
que asumirá la condición de empresario, como centro de formación responsable de
la oferta formativa.