Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062258)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, para la promoción e impulso de actividades de formación en materia de ciberseguridad.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 128
Miércoles 3 de julio de 2024
33735
trario, dichas obligaciones deberán ser reguladas y acordadas mediante la suscripción del
correspondiente instrumento jurídico de cooperación.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
Las partes podrán constituir una Comisión de Seguimiento que será responsable de desarrollar las siguientes funciones:
— Velar por el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Protocolo General de
Actuación, a través del correspondiente procedimiento de seguimiento y evaluación.
— Resolver las controversias, problemas de interpretación y todas aquellas cuestiones
litigiosas o incidencias que puedan plantearse en la aplicación del presente Protocolo
General de Actuación.
— Proponer las modificaciones de este Protocolo General de Actuación que se consideren
necesarias.
— Determinar las actuaciones que puedan desarrollarse en el marco de este Protocolo, sin
perjuicio de los instrumentos que deban suscribirse y de la tramitación de los procedimientos que correspondan.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por cuatro componentes, dos por parte de la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y dos por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, que, en su caso,
participarán en los debates de las sesiones, ejercerán su derecho al voto, formularán su voto
particular, expresando el sentido de su voto y los motivos que lo justifican, y formularán ruegos y preguntas.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter anual, pudiendo cualquiera de las partes
instar la celebración de una reunión extraordinaria.
En lo que no esté previsto en sus normas de funcionamiento interno, el funcionamiento de
la Comisión de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en los
artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el marco de las respectivas competencias, y con el fin de promover la máxima coordinación
operativa en el ejercicio de las funciones de ambas partes, la Comisión de Seguimiento podrá
constituir los grupos de trabajo que se consideren necesarios para abordar cuestiones específicas. Los grupos de trabajo estarán compuestos por los representantes que designe cada
parte y darán cuenta de su actuación a la Comisión de Seguimiento.
Miércoles 3 de julio de 2024
33735
trario, dichas obligaciones deberán ser reguladas y acordadas mediante la suscripción del
correspondiente instrumento jurídico de cooperación.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
Las partes podrán constituir una Comisión de Seguimiento que será responsable de desarrollar las siguientes funciones:
— Velar por el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Protocolo General de
Actuación, a través del correspondiente procedimiento de seguimiento y evaluación.
— Resolver las controversias, problemas de interpretación y todas aquellas cuestiones
litigiosas o incidencias que puedan plantearse en la aplicación del presente Protocolo
General de Actuación.
— Proponer las modificaciones de este Protocolo General de Actuación que se consideren
necesarias.
— Determinar las actuaciones que puedan desarrollarse en el marco de este Protocolo, sin
perjuicio de los instrumentos que deban suscribirse y de la tramitación de los procedimientos que correspondan.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por cuatro componentes, dos por parte de la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y dos por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, que, en su caso,
participarán en los debates de las sesiones, ejercerán su derecho al voto, formularán su voto
particular, expresando el sentido de su voto y los motivos que lo justifican, y formularán ruegos y preguntas.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter anual, pudiendo cualquiera de las partes
instar la celebración de una reunión extraordinaria.
En lo que no esté previsto en sus normas de funcionamiento interno, el funcionamiento de
la Comisión de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en los
artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En el marco de las respectivas competencias, y con el fin de promover la máxima coordinación
operativa en el ejercicio de las funciones de ambas partes, la Comisión de Seguimiento podrá
constituir los grupos de trabajo que se consideren necesarios para abordar cuestiones específicas. Los grupos de trabajo estarán compuestos por los representantes que designe cada
parte y darán cuenta de su actuación a la Comisión de Seguimiento.