Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024062138)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura para 2024.
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NÚMERO 128
Miércoles 3 de julio de 2024

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2. La competencia para dictar la resolución corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. El plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres meses, a partir del
día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las interesadas de acuerdo
con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Según el artículo 43
de la citada ley, la notificación se realizará mediante comparecencia en la sede electrónica
de la Junta de Extremadura (https://sede.juntaex.es/SEDE/). Complementariamente a la
notificación practicada por el sistema establecido en el apartado anterior y únicamente con
efectos informativos, la solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico
que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha producido
una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
La falta de notificación de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver, legitima a las interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo,
conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las resoluciones de los expedientes instruidos no agotan la vía administrativa, según lo
previsto en los artículos 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 103 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y contra ellas podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de alzada ante la
titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en los términos
previstos en los artículos 121 y 122 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y 101 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estime procedente.
Noveno. Composición de la comisión de valoración
La Comisión de valoración estará formada por los siguientes miembros:
— Presidencia: Juan Gabriel Montero Málaga, titular del Servicio de cooperativas y sociedades laborales.
— Vocalía: Pilar Rubio Bravo, funcionaria de la especialidad Relaciones Laborales.
— Secretaría: Manuel Díaz Arroyo, funcionario de la especialidad jurídica.