Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024062138)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura para 2024.
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NÚMERO 128
Miércoles 3 de julio de 2024
33746
Décimo. Criterios de valoración y ponderación.
1. P
ara tener derecho a estas subvenciones, la entidad solicitante deberá obtener un mínimo
de 7 puntos, de acuerdo con los criterios objetivos señalados a continuación, que serán
ponderados de la siguiente forma:
a) Representación institucional. A estos efectos se tendrá en cuenta estar presente en
órganos de las administraciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los
que participen organizaciones representativas de intereses sociales, cuyo acuerdo de
creación y normas de funcionamiento estén publicados en el boletín o diario oficial que
corresponda y en las que se indique la administración o el órgano administrativo al que
queden adscritos, y que persigan la finalidad de promoción, fomento y difusión de la
economía social o el trabajo autónomo. El máximo de puntos a otorgar en este apartado
será de 4.
— Se otorgarán 2 puntos por cada órgano adscrito a la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura en que la entidad esté presente.
— Se otorgará 1 punto por cada órgano colegiado adscrito a otra Administración con
ámbito de aplicación específico en la Comunidad Autónoma de Extremadura en que
la entidad esté presente.
Para acreditar la concurrencia de este criterio, la entidad deberá identificar el instrumento de creación y el diario o boletín oficial en que se haya publicado, y el órgano instructor recabará de la Administración competente los datos de pertenencia y participación
efectiva.
b) Trabajos de colaboración con las administraciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se acrediten mediante la firma de Pactos, Planes, Estrategias o instrumentos asimilables, directamente relacionados con la promoción, fomento y difusión
de la economía social o el trabajo autónomo y que estén vigentes en el momento de la
publicación de la convocatoria. El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de
4.
— Se otorgarán 2 puntos por cada instrumento de colaboración con la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en que la entidad colabore.
— Se otorgará 1 punto por cada instrumento de colaboración con otra Administración
con ámbito de aplicación específico en la Comunidad Autónoma de Extremadura en
que la entidad colabore.
Miércoles 3 de julio de 2024
33746
Décimo. Criterios de valoración y ponderación.
1. P
ara tener derecho a estas subvenciones, la entidad solicitante deberá obtener un mínimo
de 7 puntos, de acuerdo con los criterios objetivos señalados a continuación, que serán
ponderados de la siguiente forma:
a) Representación institucional. A estos efectos se tendrá en cuenta estar presente en
órganos de las administraciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en los
que participen organizaciones representativas de intereses sociales, cuyo acuerdo de
creación y normas de funcionamiento estén publicados en el boletín o diario oficial que
corresponda y en las que se indique la administración o el órgano administrativo al que
queden adscritos, y que persigan la finalidad de promoción, fomento y difusión de la
economía social o el trabajo autónomo. El máximo de puntos a otorgar en este apartado
será de 4.
— Se otorgarán 2 puntos por cada órgano adscrito a la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura en que la entidad esté presente.
— Se otorgará 1 punto por cada órgano colegiado adscrito a otra Administración con
ámbito de aplicación específico en la Comunidad Autónoma de Extremadura en que
la entidad esté presente.
Para acreditar la concurrencia de este criterio, la entidad deberá identificar el instrumento de creación y el diario o boletín oficial en que se haya publicado, y el órgano instructor recabará de la Administración competente los datos de pertenencia y participación
efectiva.
b) Trabajos de colaboración con las administraciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se acrediten mediante la firma de Pactos, Planes, Estrategias o instrumentos asimilables, directamente relacionados con la promoción, fomento y difusión
de la economía social o el trabajo autónomo y que estén vigentes en el momento de la
publicación de la convocatoria. El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de
4.
— Se otorgarán 2 puntos por cada instrumento de colaboración con la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en que la entidad colabore.
— Se otorgará 1 punto por cada instrumento de colaboración con otra Administración
con ámbito de aplicación específico en la Comunidad Autónoma de Extremadura en
que la entidad colabore.