Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062273)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio patrimonial entre la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación de Cáceres, el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y el Instituto de Turismo de España por el que se cede el uso de varios inmuebles para su utilización como "Parador de Turismo" de Cáceres.
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NÚMERO 127
Martes 2 de julio de 2024

33387

Deberá entregarse a las entidades cedentes copia de la póliza correspondiente de este
seguro, así como del recibo acreditativo del pago del importe de la cuota anual del
mismo, en el plazo de quince días, contados desde la notificación de los acuerdos por
los que se apruebe la cesión de uso de los bienes incluidos en el presente convenio;
pudiendo en cualquier momento las entidades cedentes durante el periodo de vigencia
de la cesión verificar la vigencia de dicho seguro y el pago del recibo anual del mismo.
i) La entidad cesionaria se compromete a mantener los bienes objeto de cesión de uso y
todas sus dependencias en condiciones idóneas para su utilización.
j) Las entidades cedentes no tendrán relación ni intervención alguna con las personas,
físicas o jurídicas, que ocupen o utilicen los bienes objeto de cesión de uso para el desarrollo de las actividades para cuyo uso se ceden.
E
 n todo caso, se hace constar de forma expresa, que la entidad cesionaria y los posibles
usuarios de los bienes cuyo uso se cede, no están en relación de dependencia respecto
a ninguna de las entidades cedentes.
3. L
 a regularización registral y catastral, de ser necesarias y resultar procedentes, se llevará
a cabo por quien normativamente resulte obligado ante los organismos competentes de
conformidad con la normativa técnica, urbanística, registral, catastral o cualesquiera otra
que resulte de aplicación.
4. L
 as partes convienen en otorgar al presente convenio carácter ejecutivo y obligatorio, por
ello una vez firmado el citado convenio o la certificación administrativa del mismo servirá
como título acreditativo y fehaciente, con plena validez para efectuar las inscripciones registrales que procedan. Las partes acuerdan no formalizar el Convenio en Escritura Pública.
Cuarta. Financiación.
El presente convenio no supone ningún coste económico para la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación de Cáceres y el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
El cesionario se hará cargo de todos los costes correspondientes a la dotación, custodia,
manteniendo y actividad de los inmuebles cedidos, en los términos reseñados en el presente convenio; asumiendo asimismo todos los gastos e impuestos que se deriven de los actos
preparatorios y de formalización y materialización de dichas actuaciones, que serán abonados
por la entidad cesionaria.