Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062246)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 127
33348
Martes 2 de julio de 2024
SEGUNDA ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA Y “URVIPEXSA, SA”,
PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE
REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA 2021, PREVISTAS EN EL REAL DECRETO
737/2020, DE 4 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULA EL PROGRAMA DE
AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS
EXISTENTES Y SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS A LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA.
Mérida, 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Don Manuel Martín Castizo, Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio (DOE N.º 140, de 21 de julio); de
conformidad con lo establecido en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
(DOE Extraordinario N.º 3, de 16 de septiembre ) y en el ejercicio de las competencias que
le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura de 11 de junio de 2024.
De otra parte, D. Alfonso Encinas Caballero, quien interviene en nombre y representación de
la sociedad mercantil autonómica URVIPEXSA, SA, con CIF: A10049799, en calidad de Director Gerente, con facultades para suscribir el presente documento, cargo que ostenta en virtud
del nombramiento efectuado por Decreto 245/2023, de 12 de septiembre, (DOE N.º 181, de
20 de septiembre), en virtud de apoderamiento conferido por el Consejo de Administración
de la sociedad en sesión celebrada el día 13 de octubre de 2023, (formalizado en escritura
pública de fecha 20 de octubre de 2023, otorgada ante el Notario D. Ignacio Ferrer Cazorla a
su número de protocolo 1.790), autorizado por el Consejo de Administración de la sociedad
en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2024.
Actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente
adenda de Convenio, y en su virtud,
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Martes 2 de julio de 2024
SEGUNDA ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA Y “URVIPEXSA, SA”,
PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE
REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA 2021, PREVISTAS EN EL REAL DECRETO
737/2020, DE 4 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULA EL PROGRAMA DE
AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS
EXISTENTES Y SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS A LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA.
Mérida, 19 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Don Manuel Martín Castizo, Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio (DOE N.º 140, de 21 de julio); de
conformidad con lo establecido en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
(DOE Extraordinario N.º 3, de 16 de septiembre ) y en el ejercicio de las competencias que
le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura de 11 de junio de 2024.
De otra parte, D. Alfonso Encinas Caballero, quien interviene en nombre y representación de
la sociedad mercantil autonómica URVIPEXSA, SA, con CIF: A10049799, en calidad de Director Gerente, con facultades para suscribir el presente documento, cargo que ostenta en virtud
del nombramiento efectuado por Decreto 245/2023, de 12 de septiembre, (DOE N.º 181, de
20 de septiembre), en virtud de apoderamiento conferido por el Consejo de Administración
de la sociedad en sesión celebrada el día 13 de octubre de 2023, (formalizado en escritura
pública de fecha 20 de octubre de 2023, otorgada ante el Notario D. Ignacio Ferrer Cazorla a
su número de protocolo 1.790), autorizado por el Consejo de Administración de la sociedad
en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2024.
Actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente
adenda de Convenio, y en su virtud,