Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062246)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 127
33347
Martes 2 de julio de 2024
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que
se da publicidad a la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la
gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se
regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las
Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. (2024062246)
Habiéndose firmado el día 19 de junio de 2024, la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y “URVIPEXSA, SA”, para la
gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios
existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de
rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas
a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con lo previsto
en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro
General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la
presente resolución.
Mérida, 25 de junio de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
33347
Martes 2 de julio de 2024
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que
se da publicidad a la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la
gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se
regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las
Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. (2024062246)
Habiéndose firmado el día 19 de junio de 2024, la segunda Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y “URVIPEXSA, SA”, para la
gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios
existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de
rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas
a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con lo previsto
en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro
General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la
presente resolución.
Mérida, 25 de junio de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL