Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062245)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y Copreca, Sociedad Cooperativa, sobre la calidad de las canales de ovino y su comercialización, a través de la selección de la raza merina y su estudio ponderado de los diferentes factores de producción animal de oveja de raza merina.
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024

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Las actuaciones a realizar por cada una de las partes para su cumplimiento son las previstas
en el Programa de Mejora de la Raza Ovina Merina, que figura como Anexo I, y que pueden
concretarse en las siguientes:
— análisis de la alimentación y las condiciones de cebo de corderos en las instalaciones de
las explotaciones de los Centros de Formación del Medio Rural de Don Benito, Moraleja
y Navalmoral de la Mata;
— control de las condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar animal;
— mantenimiento y mejora de las instalaciones para el manejo del ganado;
— así como el examen de los rendimientos al sacrificio, para conseguir un progreso significativo mediante el estudio en las fases de cebo y su posterior sacrificio.
Los resultados obtenidos a raíz de este convenio serán propiedad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y COPRECA. Todos los derechos sobre la información
y documentos resultantes quedan reservados y está prohibida su reproducción o transmisión,
total o parcial, por cualquier medio, sin previa autorización por escrito de las partes.
Segunda. Lugar de actuaciones.
Las acciones que constituyen el objeto de este convenio tendrán lugar en los Centros de Formación del Medio Rural de Don Benito, Moraleja y Navalmoral de la Mata, centros adscritos a
la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, así como en los cebaderos y mataderos.
Tercera. Obligaciones y compromisos asumidos por las partes.
Las dos partes aportarán los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento
de los objetivos y fines de este convenio, en los siguientes términos y según se especifica en
el Anexo I de presente convenio:
1. C
 OPRECA, S. Coop queda facultada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible para la realización, en los Centros de Formación del Medio Rural de Don
Benito, Moraleja y Navalmoral de la Mata y contando siempre con la autorización previa de
la Dirección del Centro, de los controles necesarios para el seguimiento del Programa de
Mejora de la Raza Ovina Merina, así como para la toma de datos de los animales, además
de los sacrificados en matadero en el marco del citado Programa.
2. C
 OPRECA, S. Coop se compromete a la comercialización de las canales ovinas. Para ello
pone a disposición sus propios servicios, en las mismas condiciones que el resto de los aso-