Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062245)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y Copreca, Sociedad Cooperativa, sobre la calidad de las canales de ovino y su comercialización, a través de la selección de la raza merina y su estudio ponderado de los diferentes factores de producción animal de oveja de raza merina.
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024

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que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ejercerá, entre otras, las
competencias en materia de agricultura y ganadería, junto con diversificación y formación del
medio rural.
En cuanto a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, estas competencias se concretan y desarrollan tanto en el artículo 14 del Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, (DOE, número 145, de 28 de julio de 2023), como en los artículos 3 y 5 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DOE núm. 3 de
16 de Septiembre de 2023):
• La formación agraria y para el desarrollo rural.
• El fomento de la colaboración con las entidades públicas y privadas implicadas en el cambio demográfico y territorial.
• El apoyo a los titulares de explotaciones agrarias, las agrupaciones de productores y
organizaciones interprofesionales agroalimentarias; proponer y desarrollar líneas de actuación en materia de comercialización y distribución en los diferentes sectores agroalimentarios;
• Materia de selección, reproducción, bienestar y sanidad animal.
• La promoción e impulso de la participación del sector productivo agrario en iniciativas de
transformación y comercialización de la producción agropecuaria y las agrupaciones de
productores agrarios, así como la coordinación en las directrices y actuaciones orientadas hacia la mejora de la calidad agroalimentaria.
• La promoción, difusión y divulgación de las técnicas y procesos agroalimentarios entre
los distintos colectivos afectados, con especial atención a los productores agrarios.
• El apoyo a titulares de explotaciones agrarias, las agrupaciones de productores y organizaciones interprofesionales agroalimentarias para la participación, realización de actividades de información y promoción en el marco de programas relativos a la calidad de
los alimentos.
Segundo. Que “COPRECA, S. Coop” se constituyó en Sociedad Cooperativa Agroalimentaria
de primer grado, dotada de plena personalidad jurídica, que adapta sus estatutos a las disposiciones de la Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura
promoviendo las actuaciones conducentes a la comercialización en común, de ganado ovino,