Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062164)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y El Corte Inglés, SA, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 124
Jueves 27 de junio de 2024

32254

c. El contenido del convenio suscrito entre el centro educativo y El Corte Inglés, SA.
d. R
 égimen de becas.
e. Normas internas de funcionamiento de El Corte Inglés, SA.
f. C
 ircunstancias que pueden dar lugar a la interrupción, suspensión o exclusión del estudiante del proyecto de Formación Profesional Dual de acuerdo con el reglamento de
régimen interno de los centros educativos y el régimen de infracciones y sanciones establecido en las normas de funcionamiento de El Corte Inglés, SA.
Decimotercera. La selección del alumnado de Formación Profesional Dual responderá a los
criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema
educativo.
Además, el centro educativo podrá hacer una selección del mismo en función de las calificaciones, asistencia a clase, actitud, esfuerzo y motivación, así como una entrevista personal
por la entidad colaboradora y/o centro educativo si se estima oportuno.
Decimocuarta. El alumnado de Formación Profesional Dual tendrá derecho a beca en las
siguientes condiciones:

□X Por El Corte Inglés, SA, siendo la cuantía la correspondiente a la normativa vigente en
cada momento.
Decimoquinta. En todo momento el alumnado irá provisto en la entidad colaboradora El
Corte Inglés, SA, del DNI y tarjeta de identificación del centro educativo.
Decimosexta. El alumnado participante en los proyectos de Formación Profesional Dual del
sistema educativo habrán de someterse al proceso de selección fijado en este convenio.
Decimoséptima. El alumnado de Formación Profesional Dual y tutores legales, en su caso,
deberá adoptar, suscribiendo el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo IV), el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y del centro de trabajo, dependiente de El
Corte Inglés, SA, establecidas en el convenio.
Decimoctava. El centro de trabajo, dependiente de El Corte Inglés, SA, no estará obligado a
establecer formación complementaria al alumnado participante en las actividades formativas
objeto del presente convenio.
Decimonovena. La vigencia del presente convenio se extiende por un periodo de cuatro años
desde el mismo día de su firma y mientras no exista denuncia por alguna de las partes.