Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024040080)
Decreto 49/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la vinificación incluida en la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027 y se aprueba su primera convocatoria para la campaña vitivinícola 2023/2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024

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lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 20232027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma
1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM),
— El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/129 de la Comisión de 21 de diciembre de 2021
por el que se establecen normas para los tipos de intervención relativos a las semillas
oleaginosas, el algodón y los subproductos de la vinificación en virtud del Reglamento (UE)
2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como para los requisitos en materia
de información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los planes
estratégicos de la PAC,
— El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre
de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y
por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013,
— El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial
Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común,
— La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por las convocatorias
respectivas, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en otras normas de aplicación.
Asimismo, se tendrán en cuenta las instrucciones específicas dictadas para la aplicación de
estas normas por la Unión Europea, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la
Consejería con competencias en materia de Política Agraria Comunitaria.
Artículo 4. Formularios normalizados.
Los formularios de solicitud y demás justificaciones o certificaciones exigidos para la correcta
tramitación de la ayuda se incluyen como anexos al presente decreto, constituyendo modelos
normalizados, puestos a disposición de las personas y entidades interesadas.
Artículo 5. Personas y entidades beneficiarias.
1. L
 a ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la vinificación podrá
ser solicitada por las destilerías autorizadas por la Comunidad Autónoma de Extremadura
en los términos del artículo 6 de este decreto y de lo dispuesto en el artículo 49 del Real
Decreto 905/2022, de 25 de octubre, en función del alcohol obtenido que cumpla lo establecido en el artículo 7 de este decreto y 50 de dicho real decreto.