Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Residencias Universitarias. (2024050121)
Orden de 18 de junio de 2024 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 122
Martes 25 de junio de 2024



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El abono se realizará a través del Modelo 050, en los términos establecidos en la Orden
de 14 de marzo de 2013 por la que se regulan los medios de pago en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 26 de marzo
de 2013), en lo sucesivo Modelo 050 (https://modelo050.juntaex.es/modelo050)/

2.2. 
Mensualidades de octubre a mayo: estas mensualidades se abonarán mediante domiciliación bancaria, mediante el modelo 747, en los términos establecidos en la Orden de 14 de marzo de 2013 por la que se regulan los medios de pago en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 26 de marzo de 2013), en lo sucesivo Modelo 747
(https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/procedimientos). Este
cargo se hará el día 20 del mes a satisfacer o siguiente hábil en caso de ser festivo.
2.3. El abono de cuotas para las plazas asignadas con posterioridad al inicio del curso, con
el fin de cubrir las plazas que pudieran estar vacantes en cada convocatoria, se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas y particularidades:
2.3.1. 
Mensualidad en la que se produce la incorporación por el importe proporcional a los días transcurridos entre la fecha de admisión y el último día
del mes en que ésta se produzca, ambos inclusive, mediante el Modelo 050
(https://modelo050.juntaex.es/modelo050)/.
2.3.2. En las sucesivas mensualidades se seguirá el procedimiento establecido en el
apartado 2.2.
2.4. El precio público que se deberá satisfacer por la prestación de servicios de residencia
para el profesorado desplazado o visitante se calculará por día dividiendo la cuantía
mensual por 30 días.


El abono de estas cantidades se realizará dentro de los primeros cinco días de estancia
en la residencia universitaria, mediante modelo 050 y se entregará en los servicios
administrativos de la residencia universitaria.

Artículo 7. Falta de pago.
La falta de pago de alguna de las mensualidades por el concepto de precio público por la prestación del servicio de alojamiento y manutención en residencias universitarias, que se han
detallado en los artículos precedentes, dará lugar a la suspensión de la prestación del servicio.
De conformidad con la previsión contenida en el artículo 18.4 de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las deudas