Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062123)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de solicitud de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 118,34 hectáreas de pistacheros, en el término municipal de La Morera (Badajoz). Expte.: IA23/1199.
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NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024

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las medidas comprometidas en el documento ambiental y las que se definen, también,
en este informe.
Asimismo, respecto a las aguas subterráneas, la implementación del sistema de riego
por goteo, además de procurar un ahorro de recursos hídricos y energéticos, disminuye
el retorno de sustancias agroquímicas que pudieran llegar al acuífero.
Por otro lado, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua,
ya sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas,
plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural.
Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la actuación
no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.
No obstante, el organismo de cuenca podrá establecer, a la vista de la incidencia de
los retornos de regadío en la consecución de los objetivos ambientales de las masas
de agua, requisitos complementarios a los sistemas de control efectivo de los caudales
de agua utilizados y retornados al DPH, que se integrarán, en su caso, en un plan de
vigilancia específico para cada aprovechamiento. Asimismo, las autoridades agrarias de
la Comunidad Autónoma podrán imponer requisitos de control en materia de enriquecimiento por nutrientes y plaguicidas de las aguas tras su aprovechamiento, que podrán
incluirse en dicho plan.
Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
indicadas en el documento ambiental aportado y las incluidas en el presente informe
técnico, los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema hidrológico
y la calidad de las aguas no serían significativos.


3.3.3. Suelo.

El suelo de la zona afectada se ha clasificado como de tipo Cambisol, con una diferenciación de horizontes en el mismo, observables en cambios de color, estructura o lavado
de carbonatos, entre otros aspectos.
Durante la fase de ejecución, la principal afección es la pérdida de suelo por compactación. Por ello se deberán controlar los movimientos de maquinaria, limitando que no
haya movimientos de maquinaria fuera de la zona de actuación y el camino de acceso.
Una vez abiertos los hoyos o las zanjas, la implantación se hará en el menor tiempo
posible para evitar posibles daños en el suelo por erosión o pérdida de humedad.