Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062123)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de solicitud de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 118,34 hectáreas de pistacheros, en el término municipal de La Morera (Badajoz). Expte.: IA23/1199.
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NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024
31432
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN24/0125/03) la actividad solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas
en el propio informe.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El Área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana, y según se indica
en el correspondiente informe de respuesta a consultas emitido por este organismo de
cuenca, por el interior de la superficie de riego discurren los cauces del arroyo de la
Ganga y un arroyo tributario que constituyen el Dominio Público Hidráulico del Estado,
y también parte de la superficie de riego ocuparía la zona de policía de un arroyo tributario de la rivera del Entrín Verde y de un arroyo tributario del arroyo de la Ganga.
Cualquier actuación que se realice en el dominio público hidráulico (DPH) deberá contar
con la preceptiva y previa autorización del órgano de cuenca correspondiente (Confederación Hidrográfica del Guadiana). De acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3
del Reglamento del DPH, en ningún caso se autorizará dentro del DPH, la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea de
carácter provisional o temporal.
En el documento ambiental se incluye un apartado específico sobre posibles modificaciones hidromorfológicas en las masas de agua subterráneas y superficiales de la zona.
Según se indica en el informe del órgano de cuenca, la captación se encontraría dentro
de la masa de agua subterránea MASb Zafra-Olivenza, la cual no está declarada, a la
fecha, en riego de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Durante la fase de ejecución, se producirá un impacto sobre las masas de agua superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez, debido
al posible aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, debidas
a los movimientos de tierra provocados por la preparación del terreno de las zonas de
cultivo y por el tráfico de la maquinaria. Asimismo, se produce una afección a los cauces
públicos en los puntos en los que es necesario cruzar con las tuberías de conexión con el
sistema de riego. Esto se habrá de evitar mediante la aplicación de las correspondientes
medidas preventivas al efecto.
En la fase de producción, se considera tanto el impacto generado por la propia captación, como el riesgo de contaminación potencial debido al uso de maquinaria agrícola,
fertilizantes, fitosanitarios y residuos que se generen, a prevenir y corregir mediante
Viernes 21 de junio de 2024
31432
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN24/0125/03) la actividad solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas
en el propio informe.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El Área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana, y según se indica
en el correspondiente informe de respuesta a consultas emitido por este organismo de
cuenca, por el interior de la superficie de riego discurren los cauces del arroyo de la
Ganga y un arroyo tributario que constituyen el Dominio Público Hidráulico del Estado,
y también parte de la superficie de riego ocuparía la zona de policía de un arroyo tributario de la rivera del Entrín Verde y de un arroyo tributario del arroyo de la Ganga.
Cualquier actuación que se realice en el dominio público hidráulico (DPH) deberá contar
con la preceptiva y previa autorización del órgano de cuenca correspondiente (Confederación Hidrográfica del Guadiana). De acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3
del Reglamento del DPH, en ningún caso se autorizará dentro del DPH, la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea de
carácter provisional o temporal.
En el documento ambiental se incluye un apartado específico sobre posibles modificaciones hidromorfológicas en las masas de agua subterráneas y superficiales de la zona.
Según se indica en el informe del órgano de cuenca, la captación se encontraría dentro
de la masa de agua subterránea MASb Zafra-Olivenza, la cual no está declarada, a la
fecha, en riego de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Durante la fase de ejecución, se producirá un impacto sobre las masas de agua superficiales como consecuencia de la posibilidad de contaminación física por turbidez, debido
al posible aumento en la concentración de sólidos en suspensión en el agua causada por
el arrastre de elementos finos que quedan libres por las alteraciones del suelo, debidas
a los movimientos de tierra provocados por la preparación del terreno de las zonas de
cultivo y por el tráfico de la maquinaria. Asimismo, se produce una afección a los cauces
públicos en los puntos en los que es necesario cruzar con las tuberías de conexión con el
sistema de riego. Esto se habrá de evitar mediante la aplicación de las correspondientes
medidas preventivas al efecto.
En la fase de producción, se considera tanto el impacto generado por la propia captación, como el riesgo de contaminación potencial debido al uso de maquinaria agrícola,
fertilizantes, fitosanitarios y residuos que se generen, a prevenir y corregir mediante