Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062123)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de solicitud de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 118,34 hectáreas de pistacheros, en el término municipal de La Morera (Badajoz). Expte.: IA23/1199.
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NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024
31430
indica en el documento ambiental que serán debidamente gestionados conforme se vayan
generando. Durante la fase de explotación, se generarán residuos procedentes de la poda
de los árboles, de los envases procedentes de productos para el abonado y los tratamientos fitosanitarios, que también se enviarán al centro de tratamiento de residuos, según el
documento ambiental.
En cuanto a la ocupación del suelo, el uso será temporal, mientras dure la explotación, al
tiempo que se realiza un depósito de almacenamiento y algunas instalaciones auxiliares de
riego (caseta, sistema de tuberías, etc.).
En lo que respecta al consumo de recursos naturales, solo se plantea el consumo de aguas
subterráneas para riego se realizará de acuerdo con lo concedido por el organismo de
cuenca en la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas (expediente1882/2023).
3.2. Ubicación del proyecto.
3.2.1. Descripción del lugar.
La zona de actuación se ubica en el término municipal de La Morera (Badajoz), en una
zona agrícola donde existe un amplio dominio de cultivos herbáceos en secano y de
cultivos leñosos y hortícolas en regadío.
Según se indica en el Informe del organismo de cuenca, por el interior de la superficie
de riego discurren los cauces del arroyo de la Ganga y un arroyo tributario, y también
parte de la superficie de riego ocuparía la zona de policía de un arroyo tributario de la
rivera del Entrín Verde y de un arroyo tributario del arroyo de la Ganga.
Por otro lado, según lo indicado en el informe emitido por el Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas (CN24/0125/03), la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000 y se indica que los valores
naturales reconocidos son la presencia de dehesas perennifolias de Quercus spp. (Cód.
UE 6310).
En materia de vías pecuarias, no se ha detectado ninguna vía pecuaria colindante
afectable.
Por último, respecto a los posibles valores arqueológicos y/o patrimoniales, en la respuesta a la consulta practicada a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, no se indica nada al respecto sobre la existencia de yacimientos
conocidos, estableciendo la necesidad de una prospección arqueológica previa para la
Viernes 21 de junio de 2024
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indica en el documento ambiental que serán debidamente gestionados conforme se vayan
generando. Durante la fase de explotación, se generarán residuos procedentes de la poda
de los árboles, de los envases procedentes de productos para el abonado y los tratamientos fitosanitarios, que también se enviarán al centro de tratamiento de residuos, según el
documento ambiental.
En cuanto a la ocupación del suelo, el uso será temporal, mientras dure la explotación, al
tiempo que se realiza un depósito de almacenamiento y algunas instalaciones auxiliares de
riego (caseta, sistema de tuberías, etc.).
En lo que respecta al consumo de recursos naturales, solo se plantea el consumo de aguas
subterráneas para riego se realizará de acuerdo con lo concedido por el organismo de
cuenca en la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas (expediente1882/2023).
3.2. Ubicación del proyecto.
3.2.1. Descripción del lugar.
La zona de actuación se ubica en el término municipal de La Morera (Badajoz), en una
zona agrícola donde existe un amplio dominio de cultivos herbáceos en secano y de
cultivos leñosos y hortícolas en regadío.
Según se indica en el Informe del organismo de cuenca, por el interior de la superficie
de riego discurren los cauces del arroyo de la Ganga y un arroyo tributario, y también
parte de la superficie de riego ocuparía la zona de policía de un arroyo tributario de la
rivera del Entrín Verde y de un arroyo tributario del arroyo de la Ganga.
Por otro lado, según lo indicado en el informe emitido por el Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas (CN24/0125/03), la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000 y se indica que los valores
naturales reconocidos son la presencia de dehesas perennifolias de Quercus spp. (Cód.
UE 6310).
En materia de vías pecuarias, no se ha detectado ninguna vía pecuaria colindante
afectable.
Por último, respecto a los posibles valores arqueológicos y/o patrimoniales, en la respuesta a la consulta practicada a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, no se indica nada al respecto sobre la existencia de yacimientos
conocidos, estableciendo la necesidad de una prospección arqueológica previa para la