Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062114)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 22,98 ha de olivos en el polígono 6, parcelas 71 y 72, a ubicar en el término municipal de Alange, promovido por M.ª Piedad Lajas González. Expte.: IA21/1775.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024

31387

La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos
de riego.
En la relación a la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas, la Oficina de Planificación Hidrológica (OPH) de este organismo
de cuenca, con fecha 26/11/2012, informo lo siguiente: […] “la solicitud se considera
compatible con Plan hidrológico”. Con fechas 30/09/2016 y 21/03/2023 la citada OPH
se ratificó en el informe anterior.
Por tanto, de acuerdo a lo indicado en el artículo 25.4 del TRLA, se informa que existirían
recursos hídricos suficientes parta el otorgamiento de la concesión solicitada.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución del procedimiento de concesión (expediente 478/2011).
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad, informa de manera favorable, siempre que se cumplan una serie de
medidas que se han incluido en este informe ambiental, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 56 quarter de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza
y de espacios naturales de Extremadura, y en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por
el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura. La actuación se
prevé en una zona de alto valor por las especies que se encuentran en el área donde
se ubica. A la hora de hacer el análisis de las afecciones que pueden producir debemos
tener en cuenta que la plantación de olivos, que sería la acción que más podría afectar
a estas especies, lleva implantada desde el año 2011, como se ha podido constatar con
fotointerpretación. Las citas que tiene recogidas este servicio de las aves antes mencionadas corresponden a zonas aledañas con tierras de labor. La puesta en riego de cultivos implantados no debe suponer una afección importante para la comunidad de aves
allí presente.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana en relación con la consulta de referencia informa lo
siguiente:


• En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre).



• Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústi-