Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040075)
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024

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En el ámbito de la Comunidad Autónoma la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, en su artículo 3 establece
que, para lograr sus objetivos, los principios generales de actuación de los poderes públicos
de Extremadura, en el marco de sus competencias, serán, entre otros:
“1. La igualdad de trato entre mujeres y hombres. Que proscribe cualquier discriminación,
directa o indirecta, por razón de sexo, en todos los ámbitos de la vida, y singularmente
en las esferas económica, social, laboral, cultural y educativa.
2. L
 a igualdad de oportunidades. Que impone a los poderes públicos de Extremadura la
obligación de adoptar las medidas oportunas para garantizar el acceso y el ejercicio
efectivo de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales, laborales y culturales y
para eliminar la discriminación.
(…)
7. El fomento de la corresponsabilidad, entendida como reparto equilibrado entre mujeres
y hombres de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado de las
personas en situación de dependencia. Los poderes públicos de Extremadura adoptarán
las medidas necesarias para permitir la compatibilidad efectiva entre responsabilidades
laborales, familiares y personales de las mujeres y los hombres en Extremadura.
16. La adopción de medidas que aseguren la igualdad entre mujeres y hombres en lo que
se refiere al acceso al empleo, a la formación, promoción profesional, igualdad salarial
y a las condiciones de trabajo”.
Así según el artículo 56 de la mencionada ley, corresponderá a la Junta de Extremadura:
1. D
 esarrollar actuaciones que contribuyan a fomentar un reparto más equilibrado entre las
mujeres y los hombres de Extremadura de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y atención de las personas en situación de dependencia, así como
al respeto de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres que garantiza esta ley, propiciando la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
2. Impulsar la corresponsabilidad en la distribución del tiempo de trabajo y ocio y contemplarán, en cualquiera de las acciones y medidas, el impacto transversal que afecte a las
familias extremeñas, especialmente a las monoparentales, con personas dependientes o
con vecindad en el ámbito rural, favoreciendo la conciliación”.