Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040075)
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117

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Martes 18 de junio de 2024

la conciliación de la vida familiar y laboral y promover la corresponsabilidad entre mujeres
y hombres para contribuir a conseguir el principio de igualdad por razón de género en todos
los ámbitos y la revitalización demográfica sigue siendo un objetivo estratégico en nuestra
Comunidad Autónoma.
La Junta de Extremadura al igual que la Unión Europea considera como una prioridad promover la igualdad de género en ámbitos prioritarios, como educación, salud y empleo, sobre
la base de una mejor conciliación personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad y otros,
para lo que se requiere de la aplicación transversal de las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las estructuras y las organizaciones.
La conciliación laboral busca crear un hábito de trabajo que permita compatibilizar la vida
personal con el empleo. Ésta, además, incita a crear una igualdad entre hombre y mujer tanto
en el trabajo como fuera de él. El Índice Sintético de Desigualdad de Género (ISDG), del Instituto de Estadística de Extremadura, ofrece una medida de la igualdad o desigualdad entre
hombres y mujeres global y parcial relativa a seis ámbitos (educación, empleo, ingresos, conciliación, empoderamiento y salud) que identifica el nivel de máxima igualdad en el valor 100,
de modo que en valores inferiores a 100 existe una situación de desigualdad desfavorable a
la mujer y, por encima de ese valor, favorable a la población femenina.
Los datos a 2022 recogen un índice para Extremadura de 70,8 puntos, lo que pone de manifiesto la existencia de una notable desigualdad entre mujeres y hombres, que sitúa a la
población masculina en una posición claramente más favorable en la vida social y económica
de la región.
II
Los mandatos legales son claros, el Estatuto de Autonomía de Extremadura en su redacción
dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en el artículo 7.12 entre sus
principios rectores que los poderes públicos regionales “considerarán un objetivo irrenunciable que informará todas las políticas regionales y la práctica de las instituciones, la plena y
efectiva igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral,
económica y cultural. Asimismo, removerán los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva mediante las medidas de acción positiva que resulten necesarias”.
El artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres establece que “los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y las trabajadoras en forma que fomenten la asunción
equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su
ejercicio”.