Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040075)
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024
30750
La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante
resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre
el año anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrá
incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio
es víctima de violencia de género, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos
porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.
La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.
7. Obligaciones.
Las personas beneficiarias de las ayudas deberán cumplir, con carácter general, las obligaciones previstas en el artículo 16 del presente decreto.
8. P
ago de la ayuda.
El pago de la ayuda se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del presente decreto.
9. F
inanciación.
Las ayudas establecidas en la presente convocatoria se encuentran financiadas con fondos
del Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, Objetivo Político 4. Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social.
Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida
laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y
de atención a personas dependientes. Línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación
de la vida laboral, familiar y personal para familias vulnerables.
Y se efectuará con cargo a los créditos correspondientes para el ejercicio presupuestario
2024 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la
siguiente aplicación presupuestaria: 02006/253A/48000, Fondo FS21411C01 y Proyecto
20240222 “Programa para fomento conciliación de la vida personal, familiar y laboral”, con
una dotación para la presente anualidad de 1.172.288, 00 euros.
Sin perjuicio de los incrementos crediticios que puedan realizarse a lo largo del mismo,
de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en concreto en el
artículo 29.3, se podrá aumentar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas
en función de las disponibilidades presupuestarias.
Martes 18 de junio de 2024
30750
La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante
resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre
el año anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrá
incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio
es víctima de violencia de género, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos
porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.
La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.
7. Obligaciones.
Las personas beneficiarias de las ayudas deberán cumplir, con carácter general, las obligaciones previstas en el artículo 16 del presente decreto.
8. P
ago de la ayuda.
El pago de la ayuda se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del presente decreto.
9. F
inanciación.
Las ayudas establecidas en la presente convocatoria se encuentran financiadas con fondos
del Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, Objetivo Político 4. Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social.
Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida
laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y
de atención a personas dependientes. Línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación
de la vida laboral, familiar y personal para familias vulnerables.
Y se efectuará con cargo a los créditos correspondientes para el ejercicio presupuestario
2024 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la
siguiente aplicación presupuestaria: 02006/253A/48000, Fondo FS21411C01 y Proyecto
20240222 “Programa para fomento conciliación de la vida personal, familiar y laboral”, con
una dotación para la presente anualidad de 1.172.288, 00 euros.
Sin perjuicio de los incrementos crediticios que puedan realizarse a lo largo del mismo,
de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en concreto en el
artículo 29.3, se podrá aumentar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas
en función de las disponibilidades presupuestarias.