Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040075)
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117

30749

Martes 18 de junio de 2024

La falta de notificación de la resolución expresa legitima a la persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.
La resolución de concesión, pondrá fin a la vía administrativa, por lo que la persona interesada en el plazo de un mes podrá interponer recurso de reposición ante la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con el Decreto 230/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de
Extremadura.
6. C
 uantía individualizada de la ayuda.
La cuantía de la ayuda estará destinada a sufragar los costes de contratación de la persona
que preste el servicio de cuidados en el domicilio por el periodo solicitado y/o con fecha
límite el 31 de diciembre de 2024.
La cuantía de la ayuda se calcula conforme a lo estipulado en el artículo 8 del presente
decreto y será la determinada en la siguiente escala la cual está calculada teniendo en
cuenta las bases de cotización por contingencias comunes para las personas empleadas y
las horas trabajadas.

Tramo

Retribución mensual
euros/mes

Máximo
de horas
trabajadas al
mes

Base de
cotización
euros/mes

Cuantía mensual
de la subvención
€/mes

1.°

Hasta € 306,00 €

20

284,00

200,00 €



Desde 306,01 € hasta 474,00 €

40

405,00

312,50 €

3.°

Desde 474,01 € hasta 644,00 €

72

559,00

425,00 €

4.°

Desde 644,01 € hasta 814,00 €

92

729,00

537,50 €

5.°

Desde 814,01 € hasta 986,00 €

111

901,00

650,00 €

6.°

Desde 986,01 € hasta 1.153,00 €

130

1.069,00

762,50 €

7.°

Desde 1.153,01 € hasta 1.323,00 €

150

1.323,00

875,00 €

8.°

Desde 1.323,01 €

160

Retribución
mensual

987,50 €